¿Qué pasará con las gestantes o lactantes que hacen trabajo remoto?

¿Pueden hacer trabajo remoto o deben ir presencial? Tras el fin del estado de emergencia, esto es lo que deben saber las madres gestantes o lactantes sobre sus derechos laborales

¿Gestantes y lactantes peruanas deberán regresar al trabajo presencial?
¿Gestantes y lactantes peruanas deberán regresar al trabajo presencial?

El Gobierno del Perú oficializó el fin del estado de emergencia nacional y diversas medidas ya no son obligatorias. Sin embargo, en términos laborales, ¿qué sucede con el trabajo remoto, especialmente de mujeres lactantes y gestantes?

A partir del 28 de octubre, con el termino del estado de emergencia por la COVID-19, las restricciones que se han eliminado giran en torno a básicamente la presentación del carné de vacunación y el uso de mascarillas en espacios públicos. 

Sin embargo, se mantienen vigentes las restricciones y disposiciones que dependen de la emergencia sanitaria, pues esta no ha sido derogada aún. Por consiguiente, continúan rigiendo el trabajo remoto y los esquemas de protección de los trabajadores.

Carolina Fernández, abogada laboralista, señala que al día de hoy siguen siendo vigentes, además, el trabajo remoto y la licencia de goce de haber compensable para las madres gestantes y lactantes.

Lo que se ha terminado es el estado de emergencia nacional, por lo tanto, no podemos confundir que la Ley N° 31051 habría perdido vigencia porque esta ley está supeditada a la emergencia sanitaria que dura hasta el 24 de febrero del 2023, señala la especialista en este video

Cabe resaltar que la Ley N° 31051 es la que amplía las medidas de Protección Laboral para Mujeres Gestantes y Madres Lactantes en casos de Emergencia Nacional Sanitaria.

En ese sentido, es errado indicar que las mujeres gestantes y lactantes deben regresar a trabajar de forma presencial. Es importante resaltar que se trata de una ley que está por encima de resoluciones ministeriales, por ejemplo, no tiene el mismo peso.

Asimismo, otra medida que se mantiene es la obligación de otorgar licencia con goce de haber compensable a los trabajadores del grupo de riesgo que no puedan desarrollar labor presencial.

Finalmente, como se recuerda, a través del Decreto de Urgencia Nº 115-2021, el gobierno dispuso prorrogar la vigencia del trabajo remoto para el sector público y privado, aprobada en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19, hasta el 31 de diciembre del 2022.

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