Terminales terrestres: se elevará la valla de exigencias para habilitación

Empresas de transportes no pueden utilizar la vía pública

Terminal terrestre. Foto: Andina
Terminal terrestre. Foto: Andina

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) elevará la valla de las exigencias para la habilitación de los terminales terrestres de transporte interprovincial de pasajeros, a efectos de mejorar la calidad de atención para los usuarios.

Paúl Concha Revilla, director general de Transporte Terrestre informó que la Dirección de Regulación y Normatividad del MTC se encuentra trabajando en la elaboración de un Reglamento Nacional de Infraestructura Complementaria, con el cual se establecerán las características técnicas que permitirán elevar las exigencias.

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En ese sentido, explicó que un inmueble que quiere utilizarse como terminal terrestre debe contar con áreas suficientes para el embarque y desembarque de los pasajeros, counter, zona de estacionamiento, zona de pasajeros, entre otros servicios.

Además de un espacio idóneo para llevar a cabo acciones de fiscalización que aseguren las óptimas condiciones técnicas y operativas de los vehículos destinados al transporte interprovincial de personas.

Enfatizó que, para operar, todo terminal terrestre o estación de ruta debe contar con licencia de funcionamiento, conforme a lo dispuesto en la Ley Marco de Licencias de Funcionamiento. 

Paúl Concha reiteró que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones brindará un plazo de 30 días calendario para que las empresas de transporte interprovincial que se han visto afectadas por el cierre del terminal de Fiori regularicen su situación legal y presenten un contrato de uso de un nuevo terminal terrestre donde realizarán sus operaciones de embarque y desembarque.

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Aclaró, sin embargo, que esta medida no significa que dichas empresas de transporte podrán operar en la vía pública como han venido haciendo. Agregó que existen 69 empresas de transporte interprovincial que operaban en el terminal de Fiori, las mismas que deberán cumplir con lo dispuesto en el Oficio Múltiple N° 0118-MTC-2018/15.

Andina

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