Roberto Sánchez: PJ declaró infundados recursos por caso de la ONPE
El tribunal elevará la apelación sobre prescripción a una instancia superior sin detener el proceso.
La Corte Superior de Justicia de Lima rechazó los recursos legales interpuestos por la defensa técnica del exministro Roberto Sánchez Palomino.
La resolución del juez Adolfo Fernando Farfán Calderón confirmó que el caso penal por el delito de Administración Fraudulenta pasará a la fase de juicio oral.
El fallo judicial se emitió el 24 de julio de 2026 mediante la Resolución Nro. 56 en el marco del expediente 02326-2023-2-1826-JR-PE-17.
La investigación aborda la presunta entrega de información falsa sobre los aportes financieros presentados ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales en las campañas de 2018 a 2020.
¿Por qué el Poder Judicial decidió enviar a juicio oral a Roberto Sánchez?
El Poder Judicial decidió enviar a juicio oral a Roberto Sánchez Palomino porque declaró infundado el recurso de nulidad contra el Auto de Enjuiciamiento y dejó firme el cierre de la etapa intermedia. El magistrado consideró que no existió una vulneración a los derechos fundamentales ni al debido proceso durante las audiencias previas.
La medida judicial abarca a William Ricardo Sánchez Palomino, hermano del exfuncionario, a quien se investiga por no informar a la Oficina Nacional de Procesos Electorales sobre la recepción de más de 200 mil soles en una cuenta personal.
Asimismo, la causa incluye a los ciudadanos José Manuel Guardia Huamaní, Rubén Mario Herrada Tello, Manuel Eugenio Torbisco Juárez y Raúl del Castillo Alatrista como procesados en agravio de Juntos por el Perú.
Frente a estas acusaciones, el Ministerio Público formuló un pedido de cinco años y cuatro meses de pena privativa de la libertad contra el exministro. La fiscalía solicitó también la inhabilitación definitiva del investigado para ejercer cargos directivos dentro de su agrupación política.
¿Qué pasará con las apelaciones presentadas por la defensa del exministro?
Las apelaciones presentadas por la defensa del exministro sobre la prescripción, naturaleza de acción y cosa juzgada serán revisadas por una sala superior sin suspender el avance del juicio oral.
El tribunal concedió estos recursos sin efecto devolutivo para que la instancia superior evalúe los argumentos de la defensa.
Al analizar el pedido de nulidad, el juzgado determinó que la etapa intermedia solo evalúa la utilidad y pertinencia de los medios de prueba.
El juez señaló que las discrepancias sobre la admisión del material probatorio no anulan las actuaciones procesales ni impiden el inicio del juzgamiento.
En el expediente figura también un informe de la especialista Sandy Bell Florinda Rosales Huamaní respecto a la sobrecarga de trabajo.
La funcionaria explicó que la secretaría brinda atención en simultáneo a los magistrados de los juzgados 15°, 16°, 26°, 31° y 33° de Investigación Preparatoria de Lima, lo cual generó demoras en el trámite de los escritos.











