Municipalidad de Magdalena retiró 94 mil metros de cables aéreos en desuso

El subgerente de Fiscalización remarcó que no se está afectando el servicio a los vecinos. A su vez, aseguró que esta labor tiene como objetivo el reordenamiento del distrito

La Municipalidad de Magdalena inició la remoción de cables aéreos en desuso. Esta labor se llevó a cabo en el jirón San Martín. / Video: Canal N

La Municipalidad de Magdalena inició la remoción de cables aéreos en desuso. Esta labor se llevó a cabo en el jirón San Martín.  

En diálogo con Canal N, el subgerente de Fiscalización del distrito, Luis Rivera, dijo que esto se da tras la denuncia de los vecinos.  

“En esta primera fase, estamos trabajando en la zona comercial de Magdalena”, comentó. Luego, mencionó que llevaron a cabo una reunión con 7 empresas para el retiro de cables.

En esa línea, informó que a la fecha registran 94 mil metros de cables retirados. “Desde estos primeros días, 14 mil kilos han sido sacados”, agregó. 

“Las empresas correspondientes hacen la evaluación de los cables y determinan si son conexiones habilitadas”, explicó.

El subgerente de Fiscalización remarcó que no se está afectando el servicio a los vecinos. A su vez, aseguró que este trabajo “no va a concluir hasta tener el distrito limpio”. 

APRUEBAN RETIRO DE CABLES 

El Congreso de la República aprobó la ley que dispone el retiro de los cables aéreos de los servicios de electricidad y de telecomunicaciones que están en mal estado o en desuso en las zonas urbanas del país.   

Para el retiro del cableado, las empresas concesionarias de servicios de electricidad y de telecomunicaciones, así como las empresas proveedoras de infraestructura pasiva de telecomunicaciones, tendrán un plazo no mayor a veinticuatro meses, contados desde la entrada en vigencia del reglamento, deberán retirar el cableado aéreo en desuso o en mal estado, sin trasladar los costos del retiro en las tarifas al público consumidor. 

Se establece también que la supervisión ambiental estará a cargo del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; así como por parte de las municipalidades provinciales y distritales de la zona contaminada.  

La ley también incorpora que el incumplimiento de la medida se constituye como infracción muy grave sancionable con multa impuesta por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), por el monto comprendido entre 5 y 20 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), de acuerdo al marco normativo aplicable.  

Finalmente, esto tiene como objetivo promover la descontaminación ambiental que dichos objetos generan. 

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