Lan Perú y Peruvian Airlines sancionadas por impedir a pasajeros declarar objetos de valor

En el caso de Lan, la sanción es por reiterar la falta, mientras que Peruvian es sancionada por primera vez

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Por: AmericaNoticias


La Comisión de Protección al Consumidor Lima Norte determinó que Lan incumplió la medida correctiva que ya se le había impuesto en el 2011 y que fue confirmada en última instancia por la Sala Especializada en Protección al Consumidor en el 2012.


 


La falta, según el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), es que Lan omitió poner a disposición de los pasajeros un procedimiento que les permita dejar constancia de los artículos de valor que lleven dentro de su equipaje, así como implementar los mecanismos que fuesen necesarios a fin de verificar la existencia de los artículos declarados.


 


La Comisión determinó que, si bien LAN cuenta con un procedimiento al respecto, este no fue puesto a disposición de los usuarios que lo solicitaron, según se constató en las diligencias de inspección simultáneas realizadas por personal del INDECOPI en los aeropuertos de Arequipa, Cajamarca, Lambayeque, La Libertad, Piura, Puno, San Martín, Tumbes y el Callao.


 


Por tal falta, Lan recibió una multa de 40 Unidades Impositivas Tributarias, equivalente a S/. 148 mil, no obstante, la empresa ha apelado la resolución. En el caso de Peruvian, la Comisión le impuso una multa de 11,47 UITs, equivalentes a S/. 19 mil 499, por el mismo hecho.


 


 


Lan asegura que sí cumple con el procedimiento


 


En respuesta, Lan Perú dijo que desde el 2012 han implementado un procedimiento de Declaración de Valor de Equipaje que ha sido verificado y constatado por la Comisión de Protección al Consumidor del INDECOPI-Sede Lima Norte en algunos de los aeropuertos en los que opera.


 


“Confiamos que la segunda instancia pueda advertir los errores materiales que presenta la primera resolución o en todo caso verificar que respecto a los otros aeropuertos se trata de errores puntuales de ejecución, mas no de un incumplimiento generalizado por parte de nuestra empresa, por lo que la multa impuesta resulta inadecuada y desproporcional”, señaló.


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