Fallo del TC está amparado en el Código Procesal Constitucional, asegura magistrado Eto Cruz

Dijo que el fallo "fue una solución pacífica". 

Foto: Poder Judicial
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Tras la acusación del Consejo Nacional de la Magistratura por la anulación de la designación de dos fiscales supremos, el magistrado del Tribunal Constitucional, Gerardo Eto Cruz, aseguró que según el artículo 59 del Código Procesal Constitucional, el TC tiene la potestad de habilitar  a los fiscales. 

“Nosotros hemos echado mano a este artículo como último recurso, porque el Tribunal Constitucional en estos diez años ha hecho casi poco uso de este artículo 59 del Código Procesal Constitucional pero está habilitado de nombrar por la conducta contumaz, omisiva o renuente del Consejo Nacional (…) es una cosa un poco fastidiosa”, dijo a RPP

Agregó que el anuncio del presidente del CNM acerca de que no se acatará el fallo, es un hecho “sin precedentes” y remarcó que fue una solución pacífica pues las fiscales Zoraida Ávalos Rivera  Nora Mirabal Gambini no saldrán perjudicadas. 

“El Tribunal ha hecho una solución pacífica porque por un lado estas dos fiscales no quedan perjudicadas pues se habilitan dos vacantes para recuperárselas. Por otro lado, las competencias que ellas han tenido se mantienen válidas para no generar perjuicio al Fiscal de la Nación”, puntualizó. 

 

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