Nakazaki: Boluarte tendrá procesos abiertos tras mandato
César Nakazaki dijo que la presidenta Dina Boluarte enfrentará procesos penales apenas deje el cargo pese al fallo del Tribunal Constitucional
El abogado penalista César Nakazaki explicó el alcance de la decisión del Tribunal Constitucional sobre las investigaciones a presidentes en funciones. Señaló que únicamente podrán realizarse diligencias urgentes e irrepetibles, como declaraciones o reconocimientos de documentos, pero no un proceso a fondo.
El especialista aclaró que, en caso de identificarse delitos, el procedimiento deberá suspenderse hasta el término del mandato.
¿Qué significa este fallo para Dina Boluarte?
Nakazaki indicó que esta decisión no implica impunidad para la presidenta Dina Boluarte. Precisó que los procesos actualmente suspendidos se reabrirán al concluir su gobierno y estimó que podría enfrentar múltiples procesos penales, incluido el de las muertes en protestas.
“Yo vaticino que al día siguiente que termine la presidenta su gobierno va a tener bastantes procesos penales abiertos, el más fuerte de ellos el tema de las muertes”, dijo. Incluso estimó que podría enfrentar hasta 45 procesos.
¿Qué comparación hizo con Pedro Castillo?
El abogado sostuvo que el fallo también tiene un impacto político, ya que el entorno de Pedro Castillo podría usarlo como argumento para denunciar un trato desigual, lo que —advirtió— les otorga un recurso político poderoso.
¿Cuáles son los límites de la decisión del TC?
Nakazaki criticó que el Tribunal redujera la investigación preliminar a diligencias urgentes, lo que consideró un error jurídico. Recordó que los ministros son penalmente responsables de los actos del presidente, un aspecto que no fue analizado en la sentencia.
“En el Perú los ministros son penalmente responsables de los actos del presidente, porque el presidente es irresponsable respecto de actos presidenciales”, detalló.
¿Qué alternativa queda si un presidente comete delitos?
Según explicó, la salida constitucional en casos de conductas delictivas es la vacancia por incapacidad moral. Como ejemplo, mencionó a Martín Vizcarra, quien fue retirado del cargo y enfrentó de inmediato sus procesos judiciales.
¿Se debe cambiar la Constitución?
Finalmente, el abogado opinó que el Congreso debe modificar el artículo 117 de la Constitución para precisar en qué casos un presidente puede ser procesado. “Te aseguro que el ciento diecisiete lo van a modificar sí o sí y lo van a ampliar”, afirmó.
Nakazaki subrayó que esta reforma evitaría interpretaciones contradictorias y conflictos similares en el futuro.














