Los nuevos límites de velocidad en calles y carreteras a nivel nacional

Los límites máximos de velocidad en zonas urbanas y en vías que cruzan centros poblados entrarán en vigencia desde el próximo 14 de enero

Nuevos límites de velocidad que entrarán en vigencia a partir del 14 de enero
Nuevos límites de velocidad que entrarán en vigencia a partir del 14 de enero

Te contamos que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones modificó el Reglamento de Tránsito para reducir los límites máximos de velocidad en zonas urbanas y en vías que cruzan centros poblados a nivel nacional.  Esta disposición se aplicará desde el próximo 14 de enero del 2022.

A través del Decreto Supremo 025-2021-MTC se han incluido los siguientes cambios respecto a los límites máximos en:

Límites máximos de velocidad en zonas urbanas:

Cuando no existan los riesgos o circunstancias señaladas:

  • Calles y Jirones: 30 km/h, antes era 40 km/h.
  • Avenidas: 50 km/h, antes era 60 km/h.

​​Límites máximos de velocidad en carreteras que cruzan centros poblados y otros

Los límites de velocidad en carreteras que cruzan centros poblados y/o viviendas ubicadas de forma continua o dispersa parcialmente son los siguientes:

  • En zonas comerciales: 30 km/h, antes era 35 km/h.
  • En zonas residenciales: 50 km/h, antes era 55 km/h.
  • En zonas escolares / hospitales: 30 km/h.

Lenin Checco Chauca, director general de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del MTC, aclaró que los municipios provinciales, distritales o metropolitano tienen plazo hasta el 17 de julio del presente año para implementar la señalética respectiva en sus jurisdicciones con los nuevos límites de velocidad.

La aplicación de la infracción rige a partir del 14 de enero. Pero hay un plazo hasta el 17 de julio para que las autoridades competentes implementen las señalizaciones en las zonas urbanas para que, a partir del 18 de julio, se inicie a sancionar por no respetar los nuevos límites de velocidad, de acuerdo a la infracción M20, que es la infracción de velocidad”, explicó el funcionario a la agencia Andina.

¿A cuánto asciende la multa por exceso de velocidad?

Es importante recordar que la multa por exceso de velocidad equivale al 18% de una UIT (S/ 792), de acuerdo con el Reglamento Nacional de Tránsito, además de 50 puntos menos en el Registro Nacional de Sanciones.

La SUTRAN exhorta a todos los conductores a respetar las señales de tránsito y los límites de velocidad con el objetivo de salvaguardar tu integridad y la de tus acompañantes o pasajeros. 

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