¿Es válido registrar asistencia al trabajo luego de ponerse el uniforme?

Si te han exigido vestir tu uniforme o llegar al lugar específico de tus labores para recién marcar asistencia en el trabajo, una abogada te explica qué es lo correcto que debe hacer tu empleador

¿Es correcto que no me dejen marcar asistencia si no visto mi uniforme? (Foto: Andina)
¿Es correcto que no me dejen marcar asistencia si no visto mi uniforme? (Foto: Andina)

El control de asistencia es un mecanismo que permite registrar el ingreso de los empleados a su centro de trabajo; sin embargo, ¿representa el inicio de las labores efectivas o es que se te exige, primero, vestir algún uniforme o indumentaria para recién marcar tu entrada?

De acuerdo a Claudia Seminario, abogada laboralista, en el supuesto de que a una persona se le exija vestir el uniforme para recién registrar su asistencia, esta tendría que llegar a su trabajo más temprano para evitar una tardanza, lo que no es válido del todo.

“El registro de control de asistencia justamente debe acreditar el momento en el que un trabajador ingresa al centro de trabajo, donde ya está a disposición del empleador, es decir, la jornada empieza desde que ingresa al centro de trabajo”, señala la especialista.

Por ende, no es correcto que el empleador exija a sus empleador vestir un uniforme, indumentaria, protección especial o llegar al lugar donde realiza la labor efectiva, para marcar la asistencia. 

“Desde que ingresa se considera parte de la jornada laboral. Por eso, precisamente, el registro de control de asistencia debe estar al ingreso del centro de trabajo y ahí se debe marcar en ese momento”, agrega Seminario.

Asimismo, la abogada menciona que la casación laboral 9387-2014 (Lima Norte, Resolución 038-2023 SUNAFIL/TFL Primera Sala) respalda en este sentido al trabajador. También se ha emitido una resolución por parte del tribunal de fiscalización laboral, la cual establece que el registro de asistencias bajo las mencionadas exigencias no serán válidas.

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