Hoy:

    Estado de Emergencia: ¿Qué implica para Lima y Callao?

    El estado de emergencia fue establecido por 30 días en Lima y Callao.  El gobierno de José Jerí anunció que el plan incluirá operativos de seguridad reforzados, además de restricciones para motos lineales, entre otras

    Lo que debes saber sobre el estado de emergencia (Foto: Andina)
    Lo que debes saber sobre el estado de emergencia (Foto: Andina)

    El presidente de la República, José Jerí, anunció el inicio del estado de emergencia en Lima y Callao, con el objetivo de frenar el avance de la criminalidad.  La medida rige desde este martes 22 de octubre por 30 días. 

    ¿Qué implica el estado de emergencia y qué significa en Perú?

    El sitio web La Pasión por el Derecho explica que el estado de emergencia es un régimen de excepción precisamente porque restringe derechos constitucionales tales como la libertad, la inviolabilidad de domicilio, la libertad de reunión y el libre tránsito en casos predeterminados por ley.

    Este concepto hace referencia a aquellas “competencias de crisis” que la Constitución otorga al Estado con el carácter de extraordinarias, a efectos de que pueda afrontar hechos, sucesos o acontecimientos, como la ola de criminalidad, que, por su naturaleza ponen en peligro el normal funcionamiento de los poderes públicos o amenazan la continuidad de las instituciones estatales y los principios básicos de convivencia dentro de una comunidad política.

    ¿Cuáles son las restricciones en un estado de emergencia?

    La aplicación de un estado de emergencia en un espacio territorial implica:

    - La suspensión o restricción del libre tránsito.

    - La suspensión o restricción a la libertad de reunión.

    - La suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio (por sospecha el policía o militar puede ingresar a tu casa sin orden judicial).

    - La intervención de las Fuerzas Armadas para el control y vigilancia.

    Sobre las actividades públicas y masivas, se ha establecido que las actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público, deben solicitar el permiso correspondiente ante las autoridades competentes para su evaluación. Las actividades que no tengan carácter masivo podrán realizarse sin necesidad de permiso previo.

    Es importante recalcar que los ciudadanos podrá continuar con su vida normal, pero, con el estado de emergencia en vigencia, habrá más presencia de policías y militares en las calles de los distritos señalados.

    Medidas para combatir la inseguridad ciudadana

    El decreto indica que el estado de emergencia implementa una serie de medidas operativas y de control en distintas áreas para asegurar la presencia efectiva del Estado en los espacios tomados por la delincuencia:

    1. Control territorial y acciones de las fuerzas combinadas

    Las fuerzas combinadas, integradas por la PNP, las Fuerzas Armadas y el serenazgo municipal, ejecutarán las siguientes acciones de control:

    • Control territorial focalizado en zonas críticas y resguardo de instituciones públicas. Incluye la instalación de comandos de campaña temporales en coordinación con los gobiernos subnacionales.
    • Patrullaje sostenido a pie en zonas críticas, como paraderos, estaciones del metro, instituciones asociadas a servicios públicos y activos estratégicos.
    • Restricción para el tránsito de motos lineales: Se prohíbe el tránsito de dos personas adultas en vehículos menores motorizados de la categoría vehicular L3 (motos lineales).
    • Operativos de búsqueda y captura de requisitoriados mediante el control de identidad, utilizando el mapa del delito y otros instrumentos dispuestos por el Comité de Coordinación Operativa Unificada (CCO).
    • Control de identidad en inmuebles, que puede incluir el descerraje si fuera necesario, en función a los informes del CCO y/o el Comité de Inteligencia (CI).
    • Control de identidad de extranjeros que se encuentren dentro de los supuestos del procedimiento sancionador administrativo excepcional especial.
    • Intervención de vehículos que exhiban documentación adulterada o placas ilegibles, deterioradas, adulteradas, dañadas, laminadas o con objetos que impidan su correcta identificación, con internamiento en depósitos autorizados.
    • Decomiso de armas ilegales: Operativos masivos y permanentes para el decomiso de armas, municiones, explosivos ilegales y pirotécnicos.
    • Fiscalización de pirotécnicos: Control y fiscalización de la fabricación artesanal, la comercialización y uso ilegal de productos pirotécnicos de las clases 2 y 3, así como de sus materiales relacionados.
    • Fiscalización de Insumos Químicos utilizados para la elaboración de droga.

    2. Control penitenciario y lucha contra telecomunicaciones ilícitas

    El decreto supremo indica que las medidas en el ámbito penitenciario y de inteligencia buscan desarticular las redes criminales que operan desde los penales:

    • Restricción de visitas: Los internos bajo régimen cerrado ordinario solo recibirán una visita semanal, mientras que aquellos en régimen cerrado especial tendrán una visita quincenal. Solo se permiten visitas de familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
    • Apagón eléctrico: Se dispone el apagón eléctrico en las celdas, permitiendo únicamente la iluminación.
    • Pruebas de confiabilidad: El Sistema de Inteligencia Nacional realizará pruebas de confiabilidad, mediante el uso del polígrafo, al personal del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) y a otros servidores o funcionarios que determine el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC).
    • Telecomunicaciones ilegales: El Comité de Fiscalización ejecutará operativos para enfrentar los servicios de telecomunicaciones ilícitas, suspendiendo de forma inmediata las líneas vinculadas a casos de extorsión o secuestro.

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