¿Puedo heredar los bienes de mi padrastro?

¿El hijastro o hijastro debe ser considerado como hijo o hija legalmente para heredar? Un abogado te explica qué se debe tomar en cuenta para que se les incluya en la herencia

¿Un hijastro puede heredar de su padre no biológico?
¿Un hijastro puede heredar de su padre no biológico?

Un varón que se casa o convive con una mujer que ya tiene un hijo o hija, se convierte en el padrastro de ese vínculo. Sin embargo, cuando este fallece y existen bienes de por medio, se debe definir a quiénes les corresponde convertirse en sus herederos, más aún si también existen hijos biológicos. 

Juan Carlos del Águila, abogado especialista en familia, explica que el Artículo N°816 del Código Civil del Perú señala los órdenes sucesorios, que giran en torno a las personas que son llamadas a recibir aquello que una persona deja tras su muerte. 

“En primer lugar están los hijos e hijas; en segundo, los padres; tercero, el cónyuge; cuarto, los hermanos; quinto, los tíos y sobrinos; y en sexto lugar, los primos. Lo relevante es el primer orden de los hijos de la persona fallecida, quienes tienen derecho a heredar, indica el abogado en este video de LP-Pasión por el Derecho.

¿El hijastro puede ser considerado como hijo o hija de la persona fallecida?

Según Del Águila, existen dos vías concretas para que una persona sea legalmente hijo o hija de su padrastro: adopción y filiación.

En el caso de la adopción judicial, debe existir una sentencia que determine así lo determine y, por lo tanto, se determina la existencia de una relación legal entre el padrastro y el hijo o hija. 

La filiación, por su lado, es entendida básicamente como un reconocimiento de que una persona es hijo o hija de esta persona. Por lo tanto, la relación puede ser extramatrimonial o matrimonial.

  • Filiación extramatrimonial: Se da cuando una persona reconoce que el nacido es hijo o hija de éste voluntariamente o cuando es el juez, vía una declaración judicial, el que determina la filiación, paternidad o maternidad, de esta persona sobre ese niño o niña nacido.

“En el caso del hijastro, no existe legalmente una sentencia de filiación o un reconocimiento del padre porque este niño ya ha sido reconocido por su progenitor biológico y, por lo tanto, no tiene ninguna filiación extramatrimonial”, remarca Del Águila.

  • Filiación matrimonial: Para que pueda surgir, la mamá de este niño debió estar casada con el padrastro cuando estuvo embarazada o cuando el niño nació. Sin embargo, si el padrastro aparece después, este aspecto no aplica. 

Si no existe adopción ni filiación, ¿cómo puedo heredar los bienes de mi padrastro?

De no aplicarse la adopción ni filiación, básicamente el hijastro o hijastra no tiene calidad de hijo o hija, según la ley, y no tiene derecho a heredar completamente nada. Sin embargo, en vida, la persona puede dejar un documento específico:

“Tu padrastro podría haberte donado o regalado algo, mediante escritura pública o, en todo caso, haber hecho un testamento donde señale que la porción disponible que pueda tener, que sería la tercera parte, te la entrega a ti en calidad de hijastro o hijastra”, finaliza Del Águila.

RELACIONADOS