Hoy:

    TC declaró fundado habeas corpus a favor de Nicanor Boluarte

    La decisión dispone enviar la sentencia a la Junta Nacional de Justicia para el análisis de responsabilidad funcional.

    Captura y video: Canal N

    El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundado un recurso de habeas corpus que presentó la defensa técnica del investigado Nicanor Boluarte Zegarra.

    La sentencia dictada este 21 de julio de 2026 por la corte suprema apartó definitivamente al juez Richard Augusto Concepción Carhuancho del expediente conocido como Los Waykis en la Sombra.

    El Tribunal Constitucional es la institución pública encargada de velar por el respeto a las garantías de la Constitución Política del Perú.

    Según la Sentencia 165/2026, el magistrado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional afectó el principio de imparcialidad al mostrar imágenes de los investigados en un evento educativo.

    ¿Por qué el Tribunal Constitucional decidió apartar al juez del caso?

    El Tribunal Constitucional decidió apartar al juez del caso porque determinó que el magistrado perdió la objetividad necesaria para juzgar a los procesados.

    El juzgador mostró las fotos de Wigberto Nicanor Boluarte Zegarra y Mateo Grimaldo Castañeda Segovia en una diapositiva sobre crimen organizado durante una charla dictada el 15 de agosto de 2024.

    De acuerdo con la resolución aprobada por los magistrados, la presentación académica transmitió una idea de culpabilidad mientras el juzgado aún no resolvía la prisión preventiva.

    El texto constitucional precisó que la libertad de cátedra del juez tiene límites cuando mantiene expedientes en trámite bajo el marco del Código Procesal Penal.

    La decisión del pleno ordenó que el magistrado no vuelva a intervenir en ninguna etapa de la investigación iniciada contra el hermano de la expresidenta. Asimismo, la corte remitió las actas a la Junta Nacional de Justicia para que evalúe aplicar sanciones administrativas.

    ¿Qué resolvió el tribunal sobre las órdenes de prisión preventiva previas?

    El tribunal resolvió emitir un fallo de fondo sobre el derecho al juez imparcial aunque las órdenes de privación de la libertad ya no estaban vigentes.

    La Sala Penal Apelaciones Nacional revocó el mandato de 36 meses contra el procesado el 14 de enero de 2025 para dictar comparecencia simple.

    El supremo colegio aplicó la regla prevista en el artículo 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional para fijar postura sobre las conductas funcionales.

    De acuerdo con el dictamen, la actuación del magistrado requería una respuesta de fondo para evitar que este tipo de hechos se repitan en los tribunales del país.

    Por esa razón, la máxima instancia emitió una llamada de atención directa al juez para que respete el debido proceso en sus funciones. La medida busca garantizar que los ciudadanos reciban un juzgamiento neutral en las salas del Poder Judicial.

    ¿Cuáles son las consecuencias de esta sentencia para el proceso penal?

    Las consecuencias de esta sentencia para el proceso penal implican la reasignación inmediata del expediente a un nuevo magistrado de investigación preparatoria. La resolución exige que la administración judicial del fuero nacional nombre a otro juez para continuar las etapas del juicio.

    De acuerdo con la regulación vigente, las decisiones firmes adoptadas por las salas superiores mantendrán su validez procesal dentro de la causa. Por su parte, la Junta Nacional de Justicia deberá abrir una indagación previa para revisar los antecedentes de la exposición académica.