JNE desestimó apelaciones presentadas por personero de Eduardo Zegarra

Tribunal Electoral resolvió las seis primeras impugnaciones de actas observadas por revocatoria

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Lima.

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) desestimó las seis apelaciones que interpuso José Boza Pulido, personero legal de Eduardo Zegarra, en contra de lo resuelto por el Segundo JEE de Lima Este, con sede en San Juan de Lurigancho, pues solo estaba acreditado como personero del teniente alcalde y no de otra autoridad.


 


El tribunal resolvió declarar nulas las resoluciones del Segundo Jurado Electoral Especial de Lima Este que concedieron la apelación de los expedientes J-2013-361, J-2013-368, J-2013-269 Y J-2013-370 y, por tanto, improcedente el recurso.


 


Con relación a los expedientes J-2013-362 y J-2013-371, en el que la materia de apelación comprendía a Zegarra Méndez y a otras autoridades municipales, el Pleno del JNE también declaró improcedente el extremo del recurso en el que el personero Boza Pulido no estaba habilitado para representar.


 


Además declaró infundado el recurso de apelación en el extremo referido al teniente alcalde al considerar que la resolución de primera instancia, emitida por el Segundo Jurado Electoral Especial de Lima Este, aplicó correctamente la ley y el Reglamento de Actas Observadas al declarar la validez de la votación obtenida por la autoridad.


 


Las resoluciones del Pleno del JNE, presidido por el doctor Francisco Távara Córdova, también exhortaron al personero legal Boza Pulido a actuar con mayor diligencia y responsabilidad en el planteamiento de sus medios impugnatorios.


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