Ejecutivo definirá extradición de Manuel Burga a EE.UU. en los próximos días

Ministra de Justicia explicó que el caso del exdirigente deportivo se encuentra en una lista que debe resolverse pronto

Marisol Pérez Tello, ministra de Justicia / Foto: Andina
Marisol Pérez Tello, ministra de Justicia / Foto: Andina

La ministra de JusticiaMarisol Pérez Tello, reconoció retrasos y desorden en el proceso de extradición del expresidente de la Federación Peruana de Fútbol Manuel Burga, sobre quien pesa una solicitud de extradición pasiva formulada por el Tribunal de Distrito de Estados Unidos.

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"Esto genera, aunque no se haya dado necesariamente, espacios para que la gente sienta por qué se prioriza este y no el otro. (…) (El caso) Burga está hoy día en la agenda, que es pública, de los debates del Consejo de Ministros", señaló.

Pérez Tello reconoció que existe una gran cantidad de casos pendientes e informó que lo primero que realizará su sector es actualizar las extradiciones activas y las extradiciones pasivas que estaban por vencer para poder cumplir con los acuerdos internacionales.

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"Lo que no es correcto es reducir la justicia a los presos emblemáticos Martín BelaúndeAlberto Fujimori. Las políticas no se pueden hacer con nombre y apellido, las políticas son generales. Lo que hay que hacer es limpiar los pendientes. Nosotros estamos haciendo una norma para simplificar el proceso de extradición (Manuel Burga) está en la lista de las 11 personas en las que hay que tomar una definición en los próximos días", señaló.

"Ningún señor puede eximirse del proceso. Nadie", dijo al ser consultada la posibilidad de que el Poder Judicial dicte la liberación de Burga debido a la demora del Ejecutivo en responder a la solicitud de extradición.

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Según explica el Ministerio de Justicia en su página web, la Extradición Pasiva es el procedimiento por el cual un Estado (Estados Unidos) solicita al Estado Peruano la entrega de una persona procesada o condenada (Burga), que se encuentre en nuestro país, para que sea procesada o para que cumpla su condena en el territorio del Estado solicitante.

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