Hoy:

    ¿Qué obligaciones cumplir por tener un scooter o moto eléctrica?

    ¡Evita las confusiones y multas! Según las características de tu vehículo eléctrico, el reglamento te exige cumplir con ciertos trámites. Conoce las diferencias.

    ¿Qué normas debo cumplir si tengo un scooter o moto eléctrica y cuál es la diferencia?
    ¿Qué normas debo cumplir si tengo un scooter o moto eléctrica y cuál es la diferencia?

    Las motos y scooters eléctricos son vehículos que circulan cada vez con más frecuencia por las calles de Lima y dentro del Perú. Por ende, están vinculados a normas y trámites que los usuarios deben cumplir, pero además es importante que reconozcan si se trata de un vehículo de movilidad personal o un vehículo automotor.

    Las diferencias en las características de estas unidades motorizadas son las que permiten principalmente hacer una distinción en la norma. En ÚtileInteresante.pe, te explicamos cómo reconocer estos vehículos para evitar ser sancionado con una multa o hacer una compra érronea.

    ¿Qué es un Vehículo de Movilidad Personal?

    De acuerdo con la regulación actual, un Vehículo de Movilidad Personal (VMP) es aquella unidad equipada con motor eléctrico que se desplaza a una velocidad mayor a 12 km/h y cuya velocidad máxima no supera los 25 km/h.

    Es decir, se trata principalmente de un vehículo considerado como un juguete tecnológico, recreativo o simple movilidad, por ejemplo un scooter básico. Además, por diseño, solo permite el traslado de una persona y no forma parte de la clasificación vehicular establecida por el Reglamento Nacional de Vehículos.

    ¿Cuáles son los vehículos eléctricos considerados para movilidad personal?

    Los VMP o vehículos eléctricos menores que no necesitan SOAT ni placa y solo pueden alcanzar hasta 25 km/h, son los siguientes: 

    • Los scooters eléctricos convencionales
    • Monopatines y patinetas eléctricas
    • Monociclos eléctricos
    • Bicicletas eléctricas de pedaleo asistido que cumplan con los límites de velocidad indicados
       
    Scooter eléctrico, bicicleta eléctrica con pedaleo asistido, scooter convencional.
    Scooter eléctrico, bicicleta eléctrica con pedaleo asistido, scooter convencional.

    Características un vehículo de movilidad personal

    Los VMP, ya sea un juguete tecnológico o un vehículo recreativo, no necesita documentación por ley, pero debe cumplir estas con condiciones técnicas:

    • Velocidad máxima: Se desplaza a una velocidad mayor a 12 km/h y cuya velocidad máxima no supera los 25 km/h.
    • Capacidad de carga: La unidad solo permite el traslado de una persona..
    • Uso y diseño: Juguete tecnológico, vehículo recreativo o convencional sin asientos. No están diseñadas para la pista. Deben manejarse con un equipamiento de protección personal básico.
       

    Por ello, un VMP no requiere tarjeta de identificación vehicular, placa de rodaje, SOAT ni que el conductor tenga una licencia de conducir.

    Restricciones y reglas de circulación que debe cumplir un VMP

    Existen zonas permitidas y prohibiciones de circulación para vehículos eléctricos menores para proteger tanto al conductor como al peatón:

    • Prohibido ir por las veredas: Un VMP solo puede subir a la vereda si el conductor se baja del vehículo y lo empuja a pie.
    • Uso prioritario de ciclovías: Todos los scooters, monociclos y bicis eléctricas deben transitar por la red de ciclovías de la ciudad.
    • Vías urbanas permitidas: Si la calle no cuenta con ciclovía, estos vehículos menores pueden circular por calles o jirones, por el carril del lado derecho de la calzada, y solo en vías donde la velocidad máxima permitida para los autos no supere los 40 km/h.
    • Equipamiento de seguridad: Es obligatorio el uso de casco, un sistema de frenos óptimo, luces delanteras y posteriores, incluso prendas reflectantes si manejas de noche.
       

    ¿Cómo saber si tengo un vehículo automotor que debe tener SOAT y placa?

    Muchos vehículos eléctricos se comercializan erróneamente como Vehículos de Movilidad Personal (VMP), cuando por ley los califica como unidades motorizadas obligadas a cumplir con una serie de trámites formales.

    Por ello, reconocer ciertas características de las unidades motorizadas permite diferenciar si pertenecen a una categoría vehicular con normas y trámites por cumplir o es un vehículo simple:

    Vehículo automotor  

    Categoría vehicular

    Pertenecen a la categoría L

    Tipos Vehículos automotores de menos de cuatro ruedas y cuatriciclos que circulan por las vías públicas terrestres.
    Uso y circulación
    • Este tipo de vehículos puede trasladar a más de una persona a diferencia del VMP.
    • Por las vías públicas terrestres o como coloquialmente las llamamos las pistas, utilizando el carril derecho.
    Seguridad
    • Uso de cascos regulados por normas técnicas que te dicen cómo deben estar configurados.
    • Está prohibido circular por veredas o ciclovías.
    Características

    Dos ruedas (bicimotos y motos)

    • L1: Vehículos motorizados de dos ruedas con una cilindrada que no excede los 50 cm3 o cuya velocidad máxima no excede los 50 km/h. Aquí entran la mayoría de las bicimotos y motos eléctricas ligeras.
    • L3: Vehículos de dos ruedas, como motocicletas convencionales o motos eléctricas lineales, con una cilindrada mayor a 50 cm3 o velocidad superior a los 50 km/h.
       

    Tres ruedas (trimotos y motocarros)

    • L2: Vehículos motorizados de tres ruedas con una cilindrada de 50 cm3 y/o que no superen los 50 km/h, como las trimotos eléctricas de carga ligera. 
    • L4: Vehículos de tres ruedas asimétricas respecto al eje longitudinal (motocicletas con sidecar) que superan los 50 cm3 o los 50 km/h.
    • L5: Vehículos de tres ruedas simétricas, conocidos comúnmente como mototaxis, trimotos de pasajeros o toritos, con motores mayores a 50 cm3 o velocidades superiores a 50 km/h. 
       

    Cuatro ruedas (cuatriciclos)

    • L6: Vehículos de cuatro ruedas cuya velocidad máxima no excede los 50 km/h, con un peso neto menor o igual a 350 kg, sin contar baterías en eléctricos, y una potencia máxima de hasta 4 kW.
    • L7: Vehículos de cuatro ruedas con un peso neto de hasta 400 kg para transporte de pasajeros o hasta 550 kg para mercancías. En motores eléctricos, su potencia máxima es de hasta 15 kW.
       
    Ejemplos

    Bicimotos, trimoto, motos eléctricas, cuatriciclos

     

    Es decir, cuando el vehículo supera los 25 km/h o permite transportar a más de una persona, ya no estamos frente a un VMP, sino ante un vehículo automotor de categoría L y debe cumplir con normas y obligaciones.

    Ejemplos de vehículos eléctricos que pertenecen a la categoría L.
    Ejemplos de vehículos eléctricos que pertenecen a la categoría L.

    ¿Qué normas y trámites debe cumplir un vehículo automotor?

    De acuerdo a Arturo Ruiz, especialista del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, las motos eléctricas ya están reconocidas por los reglamentos desde el año 2003 y como tal, deben cumplir con los siguientes documentos que se les exige a vehículos de categoría L:

    Multa y sanciones por manejar vehículos eléctricos sin documentación

    Manejar una unidad eléctrica sin la documentación exigida en la normativa, puede costarte multas muy altas que superan los S/ 2 000, además de la retención inmediata del vehículo en el depósito.

    “La idea es que todos puedan interiorizar las reglas que ya se encuentran vigentes. El MTC viene realizando diversos esfuerzos para que todos puedan entender la norma. No solamente desde el lado del usuario de la vía, sino también las entidades públicas (Sunat, PNP, etc)”, precisó Ruiz.

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