SOAT: ¿Qué debes hacer ante un accidente de transito?

Para que estos siniestros no te tomen desprevenido, entérate lo que debes hacer

Lo que debes hacer ante un accidente de tránsito
Lo que debes hacer ante un accidente de tránsito

Un accidente puede ocurrirle hasta el mejor conductor, por eso, es necesario saber qué hacer ante un eventual siniestro.

[SOAT electrónico: entérate cómo funciona]

El SOAT electrónico, que ya se encuentra a la venta, es una opción más práctica para los usuarios, ya que, al no consumir papel, puede ser comprado en un minuto a través de comercio electrónico.

Ante un accidente, el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), que brinda protección a quienes están en un vehículo y a aquellas víctimas de un accidente producido con el auto cubierto, debe seguir con las siguientes recomendaciones:

  • Comunicarse con la compañía de seguros con la que se contrató el SOAT. Esta deberá responder de forma inmediata para hacerse cargo de las víctimas.
  • Las víctimas serán conducidas a los centros de salud públicos o privados más, los cuales están en la obligación de atenderlo. Se encuentra prohibido a los efectivos de la Policía Nacional y del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, cobrar suma alguna por el traslado de las víctimas.

[SOAT y seguro vehicular ¿En qué se diferencian?]

  • Es indispensable contar con la Copia de la Denuncia Policial, en la que conste la ocurrencia del accidente de tránsito. Este documento es otorgado por la dependencia de la Policía Nacional del Perú de la jurisdicción en la que ocurrió el accidente de tránsito.
  • El pago de la indemnización por lesiones se efectuará directamente a la víctima y, en caso de imposibilidad de ésta, a quien la represente, en base a la documentación sustentatoria que presente.
  • El pago de gastos médicos también podrá realizarse vía reembolso, directamente al centro o centros de salud privados que acrediten haber atendido a la víctima. El reembolso se efectuará de acuerdo a los comprobantes de pago que el centro de salud privado debidamente sustentados en la historia clínica y demás documentos que acrediten la efectiva atención del paciente.
  • En caso de los centros públicos de salud, el reembolso se efectuará con sujeción al tarifario vigente que, para dicho efecto, apruebe el Sector correspondiente.
 
Fuentes: El Comercio/SOAT

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