¿En qué casos debo dar pensión de alimentos a padres o hermanos?

Adultos mayores o incluso hermanos pueden exigir pensión por ley. Si eres familiar, conoce cuáles son las sanciones de no cumplir con este derecho
Los casos de pensión de alimentos a favor de hijos de madres solteras son lo más común ante el Poder Judicial; sin embargo, los hermanos e incluso adultos mayores también pueden exigir este derecho ante el abandono de sus familiares o ante un causa específica respaldada por ley.
¿En qué casos me pueden exigir por ley pasar alimentos a padres o hermanos?
Los escenarios pueden variar, pero giran en torno a abandono o imposibilidad de sostenerse económicamente. Por ejemplo, el abogado civil Frank Acevedo menciona principalmente estas razones:
- Madre padre jubilado con una pensión mínima
- Madre o padre enfermo sin poder sostenerse a sí mismo
- Hermano que lo ha perdido todo y queda sin sustento económico
- Hermano que sufre una discapacidad físico y/o mental que le impide trabajar
- Hermano menor de edad que ha quedado huérfano
¿La pensión de alimentos a padres o hermanos se exige por ley?
“Sí, no olvidemos que la obligación alimentaria no solo es moral, también legal y puede exigirse judicialmente”, precisa Acevedo.
De forma general, el Código Civil, el Artículo 475 llamado “Prelación de obligados a pasar alimentos”, señala lo siguiente a continuación.
Los alimentos cuando son dos o más los obligados a darlos se prestan en el siguiente orden:
- El cónyuge
- Los descendientes
- Los ascendientes
- Los hermanos
Ante el caso de sostener a un adulto mayor, la Dra. Milagros Álvarez Echarri, jueza de Familia de la Corte de Lima, señala que la ley establece un orden claro de responsabilidades que se deben asumir:
“En primer lugar están los hijos; luego, otros parientes como los nietos. Siempre hay alguien obligado a asistir a un adulto mayor”, afirmó para Andina
Además, es posible dictar medidas cautelares antes de la sentencia. “Se puede asignar una pensión provisional de emergencia mientras dura el proceso, para cubrir las necesidades inmediatas del adulto mayor”, explicó la especialista.
¿Qué se necesita para iniciar demanda de alimentos a favor de un adulto mayor?
Para iniciar una demanda, la cual es gratuita, Álvarez indica que se debe acreditar el vínculo familiar con partidas de nacimiento, así como las necesidades del adulto mayor y las posibilidades económicas de quien debe cumplir la obligación.
Incluso, es posible que en algunos casos un hijo puede demandar a sus hermanos para que cumplan con esta responsabilidad.
¿Qué pasa si no cumplo con dar alimentos a mi familiar?
Respecto a quienes no cumplen con esta obligación, la magistrada advirtió que existen sanciones. “Hay embargos a cuentas y bienes, así como liquidaciones de deuda que pueden terminar en la ejecución de estos bienes”, sostuvo.
Asimismo, recordó la existencia del registro de deudores alimentarios morosos, lo que limita el acceso a créditos y genera antecedentes negativos.
Finalmente, Álvarez Echarri hizo un llamado a los hijos y familiares a asumir su responsabilidad, y añadió que esta obligación no es solo legal, sino también moral.
“Los hijos deben brindar no solo apoyo económico, sino una vida digna, respetando la autonomía y las decisiones del adulto mayor sobre su propio proyecto de vida”, concluyó