Hoy:

    Sentenciados por omisión familiar podrán reducir sus penas

    Los reclusos del régimen cerrado ordinario que paguen el 70% del monto devengado podrán solicitar la conmutación de la pena hasta diciembre de 2028.

    Foto y video: Canal N

    El Poder Ejecutivo aprobó un procedimiento temporal que permitirá reducir las penas a las personas que se encuentran recluidas por el delito de omisión de asistencia familiar. El objetivo de la medida consiste en promover el pago efectivo de las deudas alimentarias en beneficio de los menores y aliviar los niveles de hacinamiento en las cárceles peruanas.

    La disposición se oficializó a través del Decreto Supremo 010-2026-JUS, el cual establece un marco excepcional de evaluación a cargo de los organismos técnicos del Ministerio de Justicia. Los internos que deseen postular a este beneficio de conmutación de sanciones deberán cumplir con una serie de condiciones económicas y legales obligatorias.

    ¿Cuál es el porcentaje de deuda que se debe pagar para reducir las penas?

    El interno debe acreditar haber cancelado como mínimo el 70% del total de la deuda alimenticia establecida en su sentencia condenatoria para acceder al beneficio. El Decreto Supremo 010-2026-JUS determina que los pagos realizados antes de la vigencia de la norma son completamente válidos para cumplir con esta exigencia económica.

    La acreditación del dinero cancelado se efectuará mediante la presentación de una copia digitalizada del depósito judicial ante la Secretaría Técnica correspondiente. La finalidad de este requisito consiste en garantizar que los beneficiarios de las pensiones perciban los recursos económicos necesarios para cubrir sus necesidades básicas de subsistencia de forma inmediata.

    ¿Qué condiciones legales deben cumplir los internos en las cárceles?

    Los internos deben estar clasificados exclusivamente dentro del régimen cerrado ordinario en el establecimiento penitenciario donde cumplen su reclusión actual. Además, las normas del Ministerio de Justicia estipulan que el solicitante no puede registrar más de una condena de carácter efectivo en sus antecedentes judiciales.

    El procedimiento administrativo exige que la persona no cuente con procesos penales pendientes que tengan un mandato de detención vigente emitido por el Poder Judicial. El Instituto Nacional Penitenciario se encargará de remitir los certificados que validen el historial legal y el comportamiento técnico del recluso dentro del penal.

    ¿Por qué el Poder Ejecutivo aprobó esta medida extraordinaria en Perú?

    El Gobierno aprobó esta medida debido a la crisis de sobrepoblación en las cárceles, originada por un incremento del 314.25% en la cantidad de internos por deudas de alimentos. Las estadísticas oficiales detallan que la población penitenciaria por este delito específico pasó de 442 reclusos en abril de 2022 a 1831 en abril de 2026.

    La Comisión de Gracias Presidenciales analizará cada una de las solicitudes ingresadas de forma virtual para emitir una recomendación técnica directa hacia el Jefe de Estado. Este mecanismo excepcional de reducción de sanciones se mantendrá vigente en el país de forma impostergable hasta el 31 de diciembre de 2028.

    El Gobierno de Perú oficializó el Decreto Supremo 010-2026-JUS, una norma de carácter excepcional y temporal vigente hasta el 31 de diciembre de 2028 que permite la reducción de penas a sentenciados por el delito de omisión de asistencia familiar. Para acceder a la conmutación de la pena, los internos deben acreditar el pago mínimo del 70% de la deuda alimenticia devengada, pertenecer al régimen cerrado ordinario, no registrar más de una condena efectiva ni tener procesos pendientes con mandato de detención. La medida responde a un incremento del 314.25% de la población penal por este delito entre 2022 y 2026.