Hoy:

    ONPE multó a Renovación Popular con 198 mil soles

    El organismo electoral sancionó a la agrupación política por destinar fondos públicos a gastos de uso personal, consultorías irregulares y bonificaciones sin sustento.

    ONPE sancionó a Renovación Popular con multa de 198 mil soles. Foto: Facebook/Renovación Popular. Video Canal N

    La Oficina Nacional de Procesos Electorales sancionó al partido político Renovación Popular con una multa de 198 000 soles por dar un uso distinto al permitido por ley a los recursos del financiamiento público directo. De acuerdo con la resolución oficial del organismo electoral, la agrupación cometió una infracción muy grave al utilizar fondos estatales para financiar gastos personales, consultorías irregulares y bonificaciones laborales sin respaldo legal durante la rendición de cuentas del año 2024.

    La investigación técnica fue realizada por la Sub Gerencia de Verificación y Control de la ONPE tras detectar inconsistencias en los informes financieros presentados por el partido. Posteriormente, la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios dispuso el inicio del procedimiento administrativo sancionador mediante la Resolución Gerencial-PAS n.° 000060-2025-GSFP/ONPE, la cual fue notificada formalmente a la agrupación en enero de 2026.

    La sanción se aplicó en cumplimiento del numeral 7 del literal c) del artículo 36 de la Ley de Organizaciones Políticas, norma que prohíbe el uso de fondos públicos en fines ajenos al funcionamiento ordinario, la investigación o la capacitación. Según indicaron fuentes del organismo electoral a América Noticias, las pruebas reunidas en el expediente fundamentaron la decisión de desestimar los descargos de la agrupación.

    Razones del organismo electoral para sancionar al partido político

    La resolución detalló que el representante legal de Renovación Popular, Fernando Sandoval Ruiz, efectuó 183 gastos por S/ 51,600.98 y un reembolso posterior por S/ 46,137.31 en consumos de alimentos, hospedaje, pasajes aéreos y medicamentos. El análisis de las autoridades determinó que la agrupación no presentó documentación que acreditara la relación directa de estos desembolsos con las actividades ordinarias de la institución.

    Asimismo, la fiscalización identificó el destino de S/ 4,000.00 del financiamiento público directo para la contratación de un servicio orientado a analizar la cuenta personal de TikTok del presidente del partido, Rafael López Aliaga. La ONPE señaló que este pago contravino las normas que prohíben expresamente utilizar recursos del Estado para promocionar o difundir la imagen personal de dirigencias partidarias.

    El informe oficial también registró el abono indebido de S/ 15,000.00 en tres bonificaciones otorgadas a la trabajadora María Pía Salinas La Rosa entre los meses de marzo, abril y mayo de 2024. La evaluación técnica concluyó que los pagos carecían de justificación contractual, operativa o legal que sustentara el uso del presupuesto público para tal fin.

    Gastos irregulares en proveedores y compras de bienes

    En el plano de las capacitaciones, el ente electoral constató la asignación de S/ 47,320.00 a la Asociación Cristiana de Asesores Políticos. Según precisó la investigación, los eventos y servicios contratados se brindaron antes de que dicha asociación se encontrara inscrita como persona jurídica en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, sin que se realizara una ratificación posterior de los actos.

    De igual manera, la ONPE comprobó el uso de S/ 13,349.88 para la adquisición de 1 000 bolsas notex, 1 000 gorros publicitarios y 100 chalecos a los proveedores Zoyla Beatriz Echegaray Mamud e INDUPREND S.A.C. La auditoría institucional determinó que la compra de estos materiales promocionales no guardaba vínculo alguno con labores de formación partidaria o actividades de investigación.

    Finalmente, el organismo electoral rechazó los argumentos de defensa remitidos por la representación legal el 19 de junio de 2026, al confirmar que no desvirtuaron las irregularidades imputadas. Dentro del proceso, la entidad consideró la devolución efectuada por la agrupación respecto a los intereses derivados de pagos extemporáneos realizados a la Administradora de Fondos de Pensiones.