Indecopi sancionará llamadas sin permiso del consumidor en Perú
Indecopi advirtió que las empresas solo pueden hacer llamadas si el consumidor ha dado permiso. De lo contrario, serán sancionadas con multas de hasta S/ 2.4 millones. La norma ya está vigente
Indecopi anunció que ya están en vigencia las nuevas disposiciones legales que prohíben las llamadas con fines publicitarios o comerciales sin el consentimiento previo del consumidor. Las empresas que no respeten esta norma podrán recibir multas de hasta 450 UIT, equivalentes a más de dos millones de soles.
Según la norma, las empresas solo pueden contactar a quienes hayan aceptado recibir llamadas, ya sea al comprar un producto o contratar un servicio. Sin embargo, este permiso puede ser retirado en cualquier momento, sin dar explicaciones, usando los canales establecidos por cada empresa.
La advertencia de Indecopi señala que esta falta será considerada como una infracción muy grave. Se busca evitar que los ciudadanos sean molestados con llamadas no deseadas o engañosas, algo que ha sido motivo constante de quejas.
¿Cómo funciona esta nueva regla?
Si un consumidor no ha dado permiso para recibir llamadas comerciales, las empresas no pueden contactarlo. Y si antes dio su consentimiento pero quiere retirarlo, solo debe comunicarlo. La empresa debe detener los llamados de inmediato.
La norma se aplica a todo tipo de comunicación publicitaria hecha por teléfono. No importa si el consumidor fue cliente antes: sin permiso actual, no pueden contactarlo.
¿Desde cuándo rige y qué viene ahora?
Aunque el Ejecutivo tiene hasta el 9 de julio para emitir normas adicionales sobre la numeración telefónica y la forma de identificar llamadas, Indecopi precisó que la norma ya rige desde ahora. Las empresas no deben esperar más para cumplirla.
Los usuarios pueden reportar infracciones directamente a Indecopi. La entidad ha recordado que proteger los datos personales y la tranquilidad de los ciudadanos es una prioridad.














