Germán Juárez fue apartado por 6 meses como fiscal superior
El órgano de control del Ministerio Público dictó una medida cautelar contra el magistrado por la supuesta alteración de un beneficio penal.
La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público apartó de sus funciones de forma preventiva al magistrado Germán Juárez Atoche por un plazo de seis meses. La Dirección de Procedimiento Disciplinario adoptó esta resolución administrativa en contra del exintegrante del equipo especial que investigaba los casos de corrupción del país.
De acuerdo con el documento emitido por la entidad, el proceso disciplinario se inició por la presunta manipulación de un expediente de colaboración eficaz. La medida afecta directamente su desempeño laboral dentro de la Tercera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos del distrito fiscal corporativo de Lima Centro.
¿Qué irregularidad cometió el magistrado según el Ministerio Público?
El órgano de control interno investiga al procesado por presuntamente alterar los documentos confidenciales que corresponden a un colaborador eficaz del sistema de justicia. Las indagaciones se desarrollan dentro del expediente administrativo disciplinario número 413-2026-ANC-MP-DGPA-DIP que maneja de forma exclusiva la jefatura nacional de la institución judicial peruana.
La institución busca esclarecer los manejos internos aplicados en el resguardo de la información sensible vinculada a las organizaciones criminales internacionales. El redactor informó que la medida provisional busca evitar cualquier interferencia en la recopilación de evidencias dentro de las sedes de las fiscalías especializadas de lavado de activos.
La indagación incorpora a la abogada Mayra Karina Melgar Gómez, quien se desempeña en la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos. El tribunal disciplinario le abrió un proceso sancionador al imputarle la comisión de una falta catalogada formalmente como un hecho leve en el ejercicio de sus funciones de control.
¿Qué sanciones previas dictó la Fiscalía de la Nación contra el magistrado?
El procesado ya había sido retirado de la coordinación nacional de las fiscalías de lavado de activos antes de recibir la sanción disciplinaria de la oficina de control. El pasado 18 de junio de 2026, el fiscal de la Nación, Tomás Aladino Gálvez, firmó la resolución que dio por concluido su nombramiento provisional en las salas superiores de Lima.
La decisión del titular del Ministerio Público apartó al funcionario de las jefaturas de las fiscalías y clausuró su participación en las mesas de gestión presupuestal del organismo. La conclusión del cargo se gestionó luego de recibir alertas documentadas sobre la conducta del letrado en las investigaciones de la corporación.
Las autoridades detectaron presuntos indicios de la comisión del delito de cohecho pasivo específico, figura penal que sanciona el presunto cobro de sobornos a cambio de favorecer a procesados. El documento de alerta fue elevado de forma directa por el despacho del fiscal provincial Reggis Oliver Chávez Sánchez.
¿Qué relación tiene este caso con el antiguo equipo Lava Jato?
Los presuntos actos de corrupción imputados ocurrieron cuando el funcionario trabajaba dentro del equipo especial que indagaba de forma exclusiva los contratos celebrados por la constructora brasileña Odebrecht. Las fiscalías especializadas anticorrupción sostienen que las anomalías detectadas en los expedientes fiscales guardan relación directa con aquellas carpetas del periodo de megaprocesos.
El fiscal Reggis Oliver Chávez Sánchez, jefe de la Primera Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, canalizó las pruebas iniciales ante la mesa directiva. Los reportes señalan que las declaraciones de los colaboradores eficaces habrían sufrido modificaciones operativas no autorizadas en el sistema judicial.
El Ministerio Público mantiene vigentes las auditorías técnicas sobre la totalidad de expedientes tramitados por los antiguos miembros de los grupos especiales de litigación penal. Las resoluciones administrativas recuerdan que la suspensión por seis meses posee carácter preventivo y se mantendrá activa mientras culminen las diligencias del tribunal.











