Fiscales de Lavado de Activos exigen suspender a Pedro Chávarry en sus funciones

Instaron al Congreso que tome acciones frente a la “insostenible situación que vive nuestra institución”

Los fiscales de diversas jerarquías en Lavado de Activos / Foto: archivo Andina
Los fiscales de diversas jerarquías en Lavado de Activos / Foto: archivo Andina

Los fiscales de diversas jerarquías en Lavado de Activos y Pérdida de Dominio emitieron un comunicado en conjunto en el que exigen al Congreso la suspensión de sus funciones del fiscal de la Nación, Pedro Chávarry, así como de los fiscales supremos Tomas Aladino Gálvez Villegas y Víctor Rodríguez Monteza, mientras duren las investigaciones en su contra.

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“Se exija al Congreso suspender en el ejercicio de sus funciones a los señores fiscales supremos Pedro Gonzalo Chávarry, Tomas Aladino Gálvez Villegas y Víctor Rodríguez Monteza, hasta que culminen las investigaciones”, narra el documento.

Los citados fiscales supremos, incluido Pedro Chávarry, son investigados por presuntamente formar parte de la organización delictiva ‘Los cuellos blancos del puerto’. El pronunciamiento de los fiscales además indica que es “insostenible la situación que vive nuestra institución”.

Asimismo, solicitan que “ante la grave crisis moral que venimos atravesando, se declare en emergencia al Ministerio Público a fin de que se emita normas urgentes en busca de salidas inmediatas”.

Además, piden que se conforme una junta de fiscales de transición que sea encabezada por la fiscal suprema Zoraida Ávalos Rivera, dos fiscales superiores y dos fiscales provinciales “de intachable trayectoria, a fin de dirigir la institución hasta la restitución o definición de un nuevo CNM o lo que mejora favorezca al sistema jurisdiccional del país”.

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Finalmente proponen que la elección del fiscal de la Nación y de los fiscales supremos sean por elección de los fiscales superiores, provinciales y adjuntos titulares a nivel nacional, “con clara prohibición de que los que aspiren a dicho cargo, realicen campañas o lobbies para su elección, bajo sanción de exclusión”.

 

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