¿Eres trabajadora del hogar? Así te deben pagar por sobretiempo

Sunafil te explica cómo hacer el cálculo si te piden trabajar en casa por algunas horas extras, asimismo cuánto te corresponde si laboras en feriado

Lo que debes saber sobre el sobretiempo si trabajas en casas
Lo que debes saber sobre el sobretiempo si trabajas en casas

Si eres empleada del hogar y, en la casa donde trabajas, se suele extender la jornada por más allá de ocho horas diarias o 48 semanales, debes saber que el sobretiempo en el trabajo doméstico es voluntario y remunerado, según las reglas del régimen laboral general de la actividad privada.

Es decir, que en caso aceptes realizarlo, no se trata de un favor, sino que deben pagarte esas horas de servicio doméstico adicional.

¿Cómo es el pago si eres trabajadora del hogar?

Empecemos señalando que la remuneración no podrá ser inferior a la mínima vital (S/ 1025.00) cuando realices una jornada completa. Es decir, cuando labores ocho horas diarias o 48 semanales.

El trabajo en sobretiempo se remunera con una sobretasa legal: por las dos primeras horas no puede ser inferior al 25% por hora, y de 35% para las horas restantes.

Cálculo por sobretiempo

Te ponemos un ejemplo: Si tu pago por ocho horas diarias es de S/ 1025.00, entonces, si lo dividimos entre 30 días que tiene un mes, te corresponde 34.16 soles por 1 día. Y esa cantidad dividida en 8 horas, resulta 4.27 soles por hora.

Haciendo cálculos con los porcentajes, en caso realices una hora en sobretiempo te correspondería 5.3 soles por cada una de las dos primeras horas en sobretiempo y 5.7 soles por cada una de las horas restantes.

Para los casos de pagos por transferencias bancarias, es importante que evalúes y si aceptas brindes ese consentimiento, según acuerdes con tu empleador. Recuerda que pueden pagarte de forma semanal, quincenal o mensual.

Esta información fue brindada por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), en el marco del Día de las Trabajadoras del Hogar, que se celebra este sábado 30 de marzo.

Asimismo, indicaron que los empleadores que van a solicitar los servicios de sus trabajadoras del hogar este Jueves o Viernes Santo, deben considerar efectuar un triple pago por cada feriado laborado.

De esta forma, se espera que cumplan con los derechos sociolaborales de las nanas, personal al cuidado de personas adultas mayores, de personas enfermas, personas con discapacidad, cuidado de mascotas domésticas y cuidado del hogar, como los jardineros, entre otros.

La Sunafil exhortó a los empleadores a tomar en cuenta lo mencionado, ya que es considerado una infracción grave no pagar u otorgar íntegra y oportunamente las remuneraciones y los beneficios laborales a los que tienen derecho las trabajadoras y trabajadores del hogar, incluidos los establecidos por convenios colectivos, laudos arbitrales, así como la reducción de los mismos en fraude a la ley.

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