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30.05.2020

¿Cuáles son tus derechos si eres persona de riesgo a la COVID-19?

El despido arbitrario no está permitido

¿Te pueden despedir por ser vulnerable al coronavirus? Ten en cuenta las siguientes medidas con relación a tu puesto de trabajo y conoce tus derechos laborales

Se calcula que 1,4 millones de trabajadores retornarán de manera presencial a su trabajo durante la primera etapa de la reactivación económica. 

Sin embargo, hay personas que son vulnerables al nuevo coronavirus y pertenecen al grupo de riesgo.  Aquí quienes lo conforman:

  • Diabéticos
  • Adultos mayores
  • Personas con obesidad
  • Personas con enfermedades cardiovasculares
  • Hipertensión arterial

Ante esta problemática, la abogada laboralista de Aguirre Abogados & Asesores,  María Angela Vásquez, nos explica cuáles son los derechos laborales de la población en riesgo y qué medidas pueden tomar ante una arbitrariedad, como un despido:

Mecanismos de protección
Para no cortar el vínculo con la empresa, se estableció la suspensión perfecta de labores, pero este mecanismo no incluye a las personas de riesgo.

Por ello, Vásquez recomendó otros mecanismos para llegar a un acuerdo entre empleador y trabajador, tales como:

  • Otorgar al trabajador vacaciones pendientes
  • Acordar el adelanto de vacaciones
  • Reducción de jornada laboral
  • Reducción de sueldo, no mínima a la remuneración mínima vital

Declaración jurada
Mediante un decreto supremo se estableció que las personas de riesgo deben realizar trabajo remoto o en casa. Pero si ellas desearan trabajar de manera presencial, tendrán que firmar una declaración jurada. Esto exonerará de responsabilidad al empleador, si el trabajador adquiere el virus. 

Por ningún motivo se debe coaccionar al trabajador a firmar la declaración jurada. De ser así, el empleador debe presentar una denuncia virtual ante la SUNAFIL

Despidos arbitrarios
La abogada explica que no está permitido despedir a un trabajador del grupo de riesgo solo por su condición. Ante este caso, se debe interponer una denuncia virtual a la SUNAFIL y, una vez que se habilite la operatividad del Poder Judicial, presentar una demanda solicitando la reposición al puesto de trabajo, con el pago de remuneraciones y beneficios sociales devengados.

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