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1.08.2023

El 28 de octubre vence plazo de amnistía para extranjeros con multas migratorias, informó Migraciones

Foto: Andina. Video: Canal N

La Superintendencia Nacional de Migraciones informó que esta amnistía beneficia a los extranjeros que, principalmente, no realizaron el trámite de prórroga de residencia o tienen exceso de permanencia en el Perú

La Superintendencia Nacional de Migraciones recordó que los extranjeros con multas migratorias en el país tienen plazo hasta el 28 de octubre para acogerse a la amnistía dada por el gobierno central, la cual puede tramitarse de forma gratuita.

Migraciones insistió con este anuncio tras el reciente mensaje a la Nación por Fiestas Patrias de la presidenta Dina Boluarte, quien informó a la población extranjera residente en el Perú que en tres meses vencerá la posibilidad de ser beneficiado con esta medida.

“Hemos dado las facilidades para que aquellos que se encontraban incursos en alguna infracción migratoria, puedan regularizarla a través de una amnistía de multas, para lo cual se dio un plazo de 6 meses que vence el próximo 28 de octubre. No habrá prórroga alguna. Quienes no hayan cumplido ante Migraciones serán expulsados del país.”, advirtió.

En caso la persona extranjera no solicite la amnistía e inicie algún trámite para su regularización, en tanto se mantenga la infracción, Migraciones podrá iniciar los procedimientos administrativos sancionadores correspondientes.

¿QUÉ INFRACCIONES MIGRATORIAS PUEDEN ACOGERSE A LA AMNISTÍA?

- El exceso de permanencia al momento de salir del país.

- En caso de más de una nacionalidad, utilizarlas indistintamente para el ingreso, permanencia o salida del territorio nacional.

- No actualizar la información contenida en el carné de extranjería.

- No pagar las tasas que corresponda.

- No solicitar la prórroga de la calidad migratoria dentro del plazo de su vigencia

- Realizar actividades que no corresponden a la calidad migratoria, visa o permiso asignado o desnaturalizarla.

¿LOS BENEFICIARIOS DE CPP PUEDEN ACOGERSE?

La Superintendencia Nacional de Migraciones ha informado que esta esta amnistía beneficia a las personas extranjeras que, principalmente, no realizaron el trámite de prórroga de residencia o tienen exceso de permanencia en el Perú.

Los extranjeros con Permiso Temporal de Permanencia (CPP) que hayan cometido alguna de las infracciones migratorias ya mencionadas pueden acogerse también a la amnistía que vence el 28 de octubre de este año.

REFUGIADOS NO SE ENCUENTRAN SUJETOS A MULTAS MIGRATORIAS

Migraciones recomienda a toda la población extranjera regularizar su situación migratoria, prórroga de residencia o cambio de calidad migratoria para evitar acumular nuevamente multas.

Las personas solicitantes de la condición de refugiadas y aquellas reconocidas como refugiadas no se encuentran sujetas a multas migratorias, por tanto, no tienen que realizar este procedimiento.

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