Hoy:

    PJ archiva cargo de asociación ilícita contra Ollanta Humala

    El Poder Judicial archivó el delito de asociación ilícita que la Fiscalía imputaba al expresidente Ollanta Humala, Nadine Heredia y cuatro exministros en el caso Gasoducto.

    Poder Judicial archiva cargo de asociación ilícita contra Ollanta Humala. Foto y video: Canal N

    El Poder Judicial archivó el delito de asociación ilícita que la Fiscalía le atribuía al expresidente Ollanta Humala y a su esposa Nadine Heredia. La medida se dictó de forma oficial como parte del proceso penal que ambos afrontan por el caso denominado Gasoducto Sur Peruano, el cual se encuentra vinculado a la empresa Odebrecht.

    El juez Leodan Cristóbal Ayala adoptó similar determinación en el caso de los exministros Luis Miguel Castilla, Eleodoro Mayorga, René Cornejo y Carlos Paredes. Según informó la resolución judicial, estas exautoridades del Estado se encontraban comprendidas dentro de este extremo del proceso penal antes de la emisión del dictamen de archivo definitivo.

    El magistrado tomó esta decisión tras declarar fundada una solicitud de excepción de improcedencia de acción que presentó la defensa legal del exministro Luis Miguel Castilla. El Poder Judicial ordenó de forma complementaria que se levanten todas las medidas cautelares de carácter personal impuestas a los procesados debido a su exclusión de este delito.

    Aplicación de la normativa penal y la Ley 32108

     

    Poder Judicial archiva cargo de asociación ilícita contra Ollanta Humala. Foto: Canal N
    Poder Judicial archiva cargo de asociación ilícita contra Ollanta Humala. Foto: Canal N

    El magistrado adoptó esta medida en estricta aplicación de la Ley Nº 32108, una norma que establece condiciones específicas para la configuración del delito de organización criminal. La ley señala que los delitos fines perseguidos por la red de organización deben tener una pena abstracta mínima superior a los seis años de privación de la libertad.

    Según indicó el juez Leodan Cristóbal Ayala en su resolución, la norma legal vigente debe aplicarse a hechos ocurridos con anterioridad a su vigencia por mandato del principio de favorabilidad de las normas en materia penal. Esta institución jurídica faculta el uso de la retroactividad benigna cuando beneficia a los ciudadanos involucrados en un proceso penal.

    El Poder Judicial determinó que en este expediente el presunto delito de asociación ilícita se encontraba vinculado únicamente con el delito fin denominado colusión agravada. Fuentes oficiales señalaron que la pena mínima establecida para este segundo ilícito penal no supera el tope exigido por el artículo 317 del Código Penal.

    Detalles de la resolución judicial a favor de los investigados

     

    La defensa técnica de Luis Miguel Castilla presentó la solicitud de excepción el 19 de septiembre del año 2025 bajo el argumento de atipicidad relativa. Los abogados alegaron la ausencia del elemento normativo de un delito fin sancionado con una pena privativa de libertad que sea mayor a los seis años de cárcel.

    Mediante una resolución oficial emitida el pasado 3 de julio, el juez extendió los alcances de este beneficio a los demás coinvestigados. La disposición judicial favoreció directamente al ex presidente de la república, a la ex primera dama y a los exmiembros del gabinete ministerial señalados por el Ministerio Público.