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    Juzgado anula sanción del Inpe contra Pedro Castillo por huelga

    El Poder Judicial anuló la sanción de aislamiento que el Inpe impuso a Pedro Castillo tras declararse en huelga de hambre. El fallo indica que no se puede castigar con medidas disciplinarias una forma de protesta pacífica.

    Foto y video: Canal N

    El Poder Judicial anuló el proceso administrativo y la sanción de aislamiento que el Instituto Nacional Penitenciario (Inpe) impuso al expresidente Pedro Castillo tras declararse en huelga de hambre en marzo pasado. La resolución judicial calificó la medida como “absurda y humillante”, al considerar que constituye una vulneración a su derecho a la protesta.

    El fallo fue emitido por un tribunal superior en respuesta a un recurso legal presentado por la defensa del exmandatario, que cumple prisión preventiva en el penal de Barbadillo mientras enfrenta un juicio por los presuntos delitos de rebelión y abuso de autoridad.

    Huelga de hambre fue calificada como falta grave por el Inpe

    La decisión del Inpe que ahora queda anulada fue adoptada el 15 de marzo de 2025, cuando Pedro Castillo anunció públicamente el inicio de una huelga de hambre mediante una carta manuscrita dirigida a su familia y al pueblo peruano. En ella, calificó su proceso judicial como una “persecución política” y afirmó que se trataba de un juicio “politizado” por hechos que él niega haber cometido.

    Tras conocerse esta decisión, el Inpe emitió un comunicado en el que precisó que la negativa a ingerir alimentos constituía una falta disciplinaria grave, conforme al Código de Ejecución Penal. Por ello, inició un proceso administrativo que concluyó con una sanción de aislamiento y la suspensión de visitas para el interno Pedro Castillo Terrones.

    Tribunal reconoce derecho a la protesta y cuestiona al Inpe

    En su resolución, el tribunal judicial sostiene que el Estado no puede castigar al interno por ejercer su derecho a la protesta mediante una medida no violenta como la huelga de hambre. “Se trata de una acción simbólica y pacífica que no interfiere con el orden del penal ni constituye peligro para terceros”, señala el fallo.

    El colegiado también precisó que, si bien el personal penitenciario puede intervenir en situaciones de urgencia para proteger la vida e integridad del interno, esto no debe traducirse en sanciones automáticas por la sola decisión de protestar.

    La resolución agrega que el aislamiento no solo constituye una medida desproporcionada, sino también contraria a principios constitucionales y de derechos humanos.

    Argumentos del Inpe para justificar la sanción anulada

    Durante el proceso judicial, el Inpe sostuvo que la huelga de hambre de Castillo generaba “intranquilidad” en el penal y que existía preocupación por su estado de salud, motivo por el cual se le impuso la medida disciplinaria.

    Sin embargo, el tribunal concluyó que estas justificaciones no eran suficientes para aplicar sanciones que afectan derechos fundamentales. Asimismo, recordó que la defensa de Castillo había señalado que el expresidente se encontraba bajo control médico constante y que no puso en riesgo su integridad ni la de otros reclusos.

    Castillo enfrenta 34 años de prisión por golpe de Estado

    Pedro Castillo permanece recluido en el penal de Barbadillo desde diciembre de 2022, tras el intento fallido de disolver el Congreso y tomar el control del Ejecutivo mediante un mensaje a la nación que fue considerado como un intento de golpe de Estado. La Fiscalía ha solicitado una condena de 34 años de prisión por los presuntos delitos de rebelión y abuso de autoridad.

    Este no ha sido el único episodio en el que el exmandatario ha manifestado su descontento con el sistema judicial. En diversas ocasiones, ha señalado ser víctima de persecución política y ha denunciado supuestas irregularidades en los procesos en su contra.

    El caso Barbadillo y sus implicancias legales

    El penal de Barbadillo, ubicado en Ate, es un establecimiento de máxima seguridad donde también estuvo recluido el expresidente Alberto Fujimori. La normativa interna del penal establece sanciones por incumplimientos disciplinarios, como la negativa a acatar disposiciones o generar alteración del orden. No obstante, en este caso, la resolución judicial ha sentado un precedente sobre los límites de estas sanciones frente a conductas de protesta.

    De esta forma, el tribunal reafirma que no todo acto que implique desobediencia debe traducirse en castigo, especialmente si el interno no incurre en violencia ni genera disturbios. La huelga de hambre, recalca el fallo, no puede ser equiparada a una infracción disciplinaria per se.

    La carta de Pedro Castillo y la reacción pública

    En la carta que anunció su decisión de iniciar una huelga de hambre, Pedro Castillo escribió: “Haciendo uso de mi derecho humano he decidido acatar a partir de esta fecha huelga de hambre”. El documento estaba firmado por él mismo y su abogado Walter Ayala González, y causó diversas reacciones tanto en la opinión pública como en el entorno político.

    Aunque algunos sectores criticaron la medida como una estrategia para generar presión política, organismos defensores de derechos humanos señalaron que debía respetarse la integridad del interno y no imponerse sanciones excesivas por manifestaciones pacíficas.

    La Fiscalía verificó el estado de salud del exmandatario

    Tras el anuncio de la huelga de hambre, el Ministerio Público realizó una visita al penal para verificar el estado físico del expresidente. Aunque no se detectaron complicaciones graves, el Inpe activó protocolos médicos internos para su seguimiento. En paralelo, la defensa legal de Castillo presentó un recurso para anular el proceso sancionador, el cual hoy ha sido resuelto favorablemente.