JNE inicia trámite de dispensa para omisos al voto
JNE comenzó el trámite de dispensa virtual para los ciudadanos que no votaron en las elecciones, un proceso que también se podrá realizar de forma presencial excepcionalmente
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) inició de manera oficial el trámite de dispensa dirigido a los millones de ciudadanos peruanos que no emitieron su voto en el último proceso electoral. Según informó el organismo, este procedimiento permite acreditar una causa válida para obtener la exoneración de la multa correspondiente por omisión al sufragio. Al igual que en la primera vuelta, la gestión principal se realiza a través de la plataforma digital oficial de la institución.
El trámite virtual requiere que el usuario digitalice previamente toda la documentación sustentatoria para luego cargarla directamente en el sistema informático del JNE. Luis Grillo, jefe de Atención al Usuario del JNE, indicó que el ciudadano debe ingresar a la página web institucional, acceder a la plataforma de dispensa y seleccionar el proceso específico que desea dispensar en caso de registrar multas pendientes. Esta modalidad busca facilitar el acceso al trámite sin necesidad de acudir a una sede física.
Por otro lado, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) debe remitir formalmente el padrón de omisos al JNE para continuar con la actualización del sistema. Según detalló Luis Grillo, una vez que dicha información sea recibida por el jurado, se cargará en la plataforma institucional para que las entidades financieras y las instituciones públicas puedan verificar el estado de los ciudadanos. Durante la primera vuelta electoral, un total de 7 millones de peruanos no participaron del proceso de votación.
¿Cómo se realiza el trámite presencial de la dispensa ante el JNE?

El trámite de dispensa se podrá realizar de forma presencial únicamente de manera excepcional en las sedes autorizadas del JNE a nivel nacional. Las autoridades informaron que los ciudadanos que opten por esta vía deben presentar una copia física de los documentos que sustenten la omisión al voto.
Los motivos válidos para solicitar la exoneración presencial incluyen problemas de salud debidamente certificados o encontrarse fuera del país por razones médicas o de estudios. Según indicó el jefe de Atención al Usuario del JNE, el personal encargado recibirá la documentación física para evaluar la procedencia de la solicitud conforme a las causales legales vigentes. El procedimiento presencial mantiene los mismos criterios de evaluación aplicados en la plataforma digital oficial.
Las sedes del JNE se encuentran habilitadas para recibir a los ciudadanos que no cuenten con acceso a los medios virtuales o requieran asistencia directa. Fuentes oficiales señalaron que el horario de atención se rige bajo los cronogramas establecidos por la institución electoral para evitar aglomeraciones.
¿Cuáles son los montos de las multas para los miembros de mesa y electores omisos?

Los miembros de mesa que no cumplan con su deber y no justifiquen su ausencia ante el JNE deberán pagar una multa obligatoria fija de 275 soles. Según precisó la institución electoral, este monto se aplica de manera uniforme a los titulares y suplentes que no asistieron a instalar o conducir la mesa de sufragio. El pago de esta sanción es independiente de la multa que corresponda en caso de que tampoco hayan emitido su voto.
En el caso de los ciudadanos que no acudieron a votar, el monto de la sanción económica varía de acuerdo con la clasificación socioeconómica del distrito de residencia. Luis Grillo, jefe de Atención al Usuario del JNE, indicó que para los distritos considerados no pobres la multa equivale al 2 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, lo que representa un total de 110 soles. El funcionario explicó que esta segmentación busca aplicar las sanciones de manera proporcional según los criterios del Estado.
Para los ciudadanos que residen en distritos catalogados como pobres, la asignación de la multa corresponde al 1 % de la UIT vigente, lo que equivale a un pago de 55 soles. Asimismo, en los distritos clasificados bajo la condición de extrema pobreza, el monto de la sanción económica es del 0.5% de la UIT, estableciéndose en 27.50 soles. El JNE recordó que la información exacta sobre las multas acumuladas se refleja de manera automática una vez cargado el padrón oficial de omisos.














