¿Por qué el JEE Lima Centro 2 rechazó pedidos de nulidad de Juntos por el Perú?
El tribunal electoral declaró improcedentes los recursos de Juntos por el Perú para anular mesas de sufragio en el extranjero
El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2, órgano competente para administrar la justicia electoral de los peruanos residentes en el extranjero, cerró en primera instancia el debate sobre las impugnaciones presentadas contra el proceso del voto en el exterior. Las autoridades desestimaron de plano las reclamaciones del partido Juntos por el Perú que pretendían invalidar el escrutinio de múltiples ciudades.
¿Por qué se declaró improcedente el reclamo sobre los votos en EE. UU.?
La solicitud formulada por el personero alterno Pablo Salas Charca buscaba dejar sin efecto los votos emitidos en Chicago, Houston y New Jersey. La resolución judicial determinó la improcedencia del pedido debido a que se registró el 12 de junio, superando el límite legal de 3 días posteriores a la jornada de votación. Asimismo, la autoridad acreditó que el recurrente carecía de representatividad legal ante esa jurisdicción específica y no cumplió con abonar la tasa económica correspondiente.
¿Qué determinó el Jurado Electoral sobre las mesas de sufragio en Argentina?
En relación al recurso interpuesto por Carlos Adeval Zafra Flores sobre las mesas en Argentina, el tribunal electoral concluyó que la demanda fue extemporánea. Los argumentos del partido señalaban supuestas faltas en la cadena de custodia del material y favoritismos de los miembros de mesa hacia el partido Fuerza Popular. No obstante, los registros demostraron que el trámite se ingresó de forma tardía el 13 de junio, cuando la fecha límite del calendario preclusivo venció el 10 de junio.














