Hoy:

    JNE: Improcedente de nulidad pedido de Juntos por el Perú para mesas en el exterior

    El órgano electoral desestimó el recurso por omitir el pago de la tasa legal y por basar las denuncias de fraude en capturas de redes sociales.

    Foto: Roberto Sánchez FB - Video: Canal N
    Foto: Roberto Sánchez FB - Video: Canal N

    El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 declaró improcedente la solicitud de Juntos por el Perú para anular la votación de 647 mesas de sufragio en los Estados Unidos. La decisión unánime se oficializó el 11 de junio de 2026 a través de la Resolución N° 09494-2026, tras evaluar el recurso presentado por el personero legal Carlos Adeval Zafra Flores.

    JEE de Lima Centro 1 rechaza pedido de Juntos por el Perú para anular 1.751 mesas en Lima

    La medida adoptada mantiene intactos los votos emitidos en el extranjero durante la segunda vuelta presidencial del 7 de junio.

    El tribunal electoral ratificó que la estabilidad de los resultados en el exterior constituye una prioridad del sistema democrático frente a reclamos que carecen de sustento técnico. Los magistrados electorales ordenaron notificar la resolución a las partes e iniciar la publicación inmediata del texto en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

    ¿Qué irregularidades alegó el partido y qué resolvió el jurado?

    El partido alegó presuntas irregularidades como fraude, manipulación de votos por parte de funcionarios consulares y fusiones indebidas de mesas en Nueva York, Carolina del Norte y Salt Lake City. Sin embargo, el Jurado Electoral Especial determinó que la organización política no presentó el comprobante de pago de la tasa electoral obligatoria.

    Este requisito de carácter formal es considerado insubsanable según los reglamentos del Jurado Nacional de Elecciones, provocando el rechazo automático del documento.

    La resolución judicial también señala que el demandante no cumplió con adjuntar evidencias fehacientes ni detalladas para cada una de las 647 mesas electorales. La defensa del partido basó sus afirmaciones en comentarios y capturas de pantallas obtenidos de redes sociales.

    El jurado desestimó estos elementos y enfatizó que las quejas sobre la instalación de las mesas debieron formularse ante los miembros de mesa el mismo día de las elecciones.

    ¿Cuál es la situación de las impugnaciones de las Elecciones 2026?

    La situación de las impugnaciones de las Elecciones 2026 sumó un nuevo rechazo en el ámbito de la provincia de Lima. El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 declaró igualmente improcedente un pedido de Juntos por el Perú para anular el escrutinio en 1751 mesas locales.

    En ese caso, la autoridad electoral resolvió que la solicitud de nulidad por supuesta alteración de actas no respetó los procedimientos ni los requisitos fijados por la legislación vigente.

    Los fallos emitidos por ambos jurados especiales cierran la primera instancia de evaluación de actas observadas en el proceso de la segunda vuelta. La agrupación política mantiene la facultad legal de interponer recursos de apelación en los plazos establecidos por ley. En caso de presentarse estas impugnaciones, el pleno del Jurado Nacional de Elecciones será el órgano encargado de emitir una sentencia definitiva sobre el resultado electoral.