Dictan impedimento de salida del país para expresidente Pedro Pablo Kuczynski

El exmandatario es investigado por la presunta comisión del delito de lavado de activos

Dictan impedimento de salida del país para expresidente Pedro Pablo Kuczynski

El Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria impuso este martes el impedimento de salida del país por cuatro meses contra del expresidente Pedro Pablo Kuczynski, en el proceso penal que se le sigue ante la presunta comisión del delito de lavado de activos, en agravio del Estado.

Hace unos días atrás, la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada ordenó variar la detención domiciliaria que regía contra el expresidente Pedro Pablo Kuczynski por comparecencia con restricciones, por lo que podrá afrontar en libertad su proceso en el caso Westfield Capital.

Ahora, se declaró fundado el requerimiento del Ministerio Público, a través del Primer Despacho de la Primera Fiscalía Supraprovincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios – Equipo Especial. Asimismo, se oficia al jefe de la División de la Policía Judicial y a la Superintendencia Nacional de Migraciones, para el registro de la medida y conocimiento de las unidades policiales a nivel nacional.

En la sustentación de la decisión, el juez Jorge Chávez Tamariz, indica que el pedido de impedimento de salida del país se debe a que existe un número importante de diligencias fiscales para alcanzar la verdad de los hechos, como recabar actuaciones de asistencias judiciales internacionales a Panamá, Estados Unidos, Islas Caimán, Chile, Islas Vírgenes Británicas, que se constituye por la dificultad de recabar información cuando se trata de casos que rebasan a un territorio.

Asimismo, otro aspecto son las actuaciones periciales exigidas desde sede judicial, por esta instancia procesal y ratificado por el Tribunal de Apelaciones que ordenaron se brinden las garantías suficientes para el desarrollo del peritaje de ley.

Además, se suma la declaratoria de Emergencia Nacional por motivos de la pandemia por el covid-19, dada el 15 de marzo de 2020 por el Estado Peruano, que impidió el normal desenvolvimiento de las actividades, que no
es pertinente someterlo a análisis respectivo. 

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