¿Cómo frenar las llamadas acosadoras?

Indecopi dio a conocer los trámites que el público puede hacer para dejar de ser acosado por algunas empresas del país

Foto: Agencia Andina
Foto: Agencia Andina

A través de un ágil trámite se podrá dejar de recibir molestas llamadas, mensajes de texto o correos electrónicos de tipo comercial, así lo afirmó la directora de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Indecopi, Wendy Ledesma. Dicha gestión que se podrá hacer de manera gratuita a través de vía telefónica, virtual o de forma presencial en cualquiera de las 26 oficinas que tiene la institución en el país. 

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“El usuario puede grabar la llamada, brindarnos los números desde donde lo llamaron, hacer una captura de pantalla de los mensajes de texto, de los correos electrónicos, los cuales adjuntará en su reclamo, el que puede gestionarse a través de la línea telefónica 224-7777, para Lima, y 0800-4404040, para provincias”. 

De otro lado, si el reclamo se realiza a través de correo electrónico solo se debe escribir a [email protected], adjuntando las pruebas mencionadas. De esta manera la funcionaria señaló que de lograrse comprobar que la empresa contaba con la autorización del cliente, pero éste ya no desea más promociones, la entidad deberá ofrecerle un mecanismo sencillo para anular ese consentimiento. 

“En esa normativa se indica que el tratamiento de tus datos, nombre, apellidos, correos electrónicos, número fijo, celular, sea de tu empleador, de tu empresa, entre otros, deben ser resguardados y en caso de querer usarlos para diversos fines (estudios científicos, mercadeo, etc.) deben contar con tu consentimiento”.

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La directora de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Indecopi refirió que se ha tomado esta medida en vista que el registro Gracias No Insista, que tenía inscritas a 300,000 persona, no lograba resolver este problema. 

Cabe destacar que el 5 de setiembre el Ejecutivo publicó el Decreto Legislativo 1390, el cual modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) y prohíbe las prácticas comerciales que emplean llamadas telefónicas o envío de mensajes masivos para ofrecer productos y servicios sin autorización para ello.

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