Poder Ejecutivo oficializó delegación de facultades por 90 días

En materia de seguridad ciudadana, gestión del riesgo de desastres - Niño Global, infraestructura social, calidad de proyectos y meritocracia

Dicha oficialización se da a través de su publicación, hoy sábado, en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Dicha oficialización se da a través de su publicación, hoy sábado, en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

El Poder Ejecutivo promulgó hoy la Ley 31880 que delega la facultad de legislar, por el plazo de 90 días calendario, en materia de seguridad ciudadana, gestión del riesgo de desastres - Niño Global, infraestructura social, calidad de proyectos y meritocracia. 

Dicha oficialización se da a través de su publicación, hoy sábado, en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.  

Asimismo, precisa que esta norma se da en los términos a que hace referencia el artículo 104 de la Constitución Política del Perú y el artículo 90 del Reglamento del Congreso de la República. 

SEGURIDAD CIUDADANA 

En materia de seguridad ciudadana, se actualizará la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y el Decreto Legislativo 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; así como la normativa y medidas en materia de seguridad ciudadana; y se fortalecerá las medidas de atención frente a casos de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar. 

Asimismo, se autoriza el uso de recursos de canon y sobrecanon para el fortalecimiento de la seguridad ciudadana sin afectar la autonomía de los gobiernos regionales y gobiernos locales; establecer modificaciones al marco normativo referido a la prevención, combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles, recuperación de bienes perdidos y delitos conexos. 

También se tiene previsto modificar el Código Penal, aprobado por el Decreto Legislativo 635, en materia de delitos contra la seguridad y tranquilidad pública, sin criminalizar las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento, así como el derecho de reunirse pacíficamente sin armas u otros derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política del Perú. 

En esa línea, se plantea modificar el Nuevo Código Procesal Penal, aprobado por el Decreto Legislativo 957, con la finalidad de optimizar el marco legal que regula la investigación del delito y la intervención de la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público, salvaguardando las atribuciones que la Constitución otorga a cada institución; entre otras medidas. 

GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES 

El Ejecutivo tiene previsto fortalecer el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd) mediante la modificación de la Ley 29664, mediante medidas orientadas a la inclusión de principios y precisiones para la eficiencia de los planes de gestión, así como para la gestión institucional de los actores y procesos del sistema, del procedimiento y certificación de competencias técnicas de los profesionales. 

Además, establecer medidas para agilizar las contrataciones públicas mediante la Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas, a fin de optimizar sus disposiciones para dinamizar la reactivación de las obras paralizadas y facultar a las entidades para convocar el procedimiento especial de selección hasta el 31 de diciembre de 2024. 

La Ley también indica que se fortalecerá el seguro agrario, estableciendo medidas especiales para que los créditos del sector Agrario otorgados con recursos públicos o con respaldo financiero a través de recursos públicos cuenten con un seguro agrario cofinanciado por el Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario (Fogasa), entre otras medidas.  

INFRAESTRUCTURA SOCIAL 

En el caso de infraestructura social y calidad de proyectos, se establecen medidas para promover la innovación tecnológica y la reducción de la brecha de acceso a los servicios de telecomunicaciones. 

Asimismo, modificar el Decreto Legislativo 1280, que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, para fortalecer las competencias y funciones de las entidades del sector, la prestación del servicio de saneamiento a nivel nacional, a los prestadores de servicios en la gestión y prestación de los servicios de saneamiento, sus capacidades institucionales, operativas y financieras 

También, modificar la Ley 31015 con la finalidad de cerrar las brechas en cobertura de los servicios de saneamiento en el ámbito rural, para permitir en forma excepcional al Ministerio de Vivienda, a través del Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR), ejecutar proyectos de inversión en los servicios de saneamiento, mediante la modalidad de núcleos ejecutores hasta el 31 de diciembre de 2026, por un monto máximo de 4 millones 500,000 soles. 

FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN PÚBLICA 

En cuanto al fortalecimiento de la gestión pública para un mejor servicio, se tiene previsto modificar el marco normativo para garantizar el derecho de los servidores a contar con igualdad remunerativa y de beneficios sociales a través del ingreso al régimen del servicio civil. 

Para ello, se establecerán reglas para el traslado de las entidades públicas señaladas en los literales a) y g) del artículo 1 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, al régimen del servicio civil regulado en dicha norma, de manera ordenada y oportuna.

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