¿Qué decidió el PJ sobre el caso Escuadrón de la Muerte?
La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional anuló la sentencia de 2022 y ordenó nuevo juicio por el Escuadrón de la Muerte con magistrados distintos y revisión de pruebas.
El Poder Judicial declaró nula la sentencia de marzo de 2022 en el caso del Escuadrón de la Muerte y ordenó un nuevo juicio oral contra los policías procesados. La decisión alcanza a Raúl Prado Ravines, Carlos Llanto Ponce, Williams Castaño Martínez y otros.
La resolución fue adoptada por la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional, que señaló deficiencias en la valoración de pruebas, motivación insuficiente y vulneraciones al derecho de defensa.
¿Por qué se anuló la sentencia del 2022?
La Sala concluyó que el fallo inicial del Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional incurrió en inobservancias al derecho a la prueba. Señaló que no se promovieron debates periciales obligatorios cuando había conclusiones contradictorias y que se descartaron pruebas oficiales sin justificación adecuada.
Además, detectó motivación aparente en las condenas, porque se citaron indicios sin explicación lógica ni detallada. Estos vicios llevaron a declarar la nulidad de la sentencia.
¿Qué delitos estaban en proceso?
El caso investiga a un grupo de policías por homicidio calificado y uso de documento público falso. Según la Fiscalía, entre 2012 y 2015 el Escuadrón de la Muerte habría ejecutado operativos simulados para abatir personas y manipular escenas del crimen.
La acusación sostiene que el grupo buscaba beneficios como ascensos, reconocimientos y recompensas económicas, utilizando falsos enfrentamientos para justificar resultados.
¿Quiénes fueron los principales acusados?
Entre los acusados figuran Raúl Enrique Prado Ravines, Carlos Eduardo Llanto Ponce y Williams Castaño Martínez, quienes fueron inicialmente condenados a 35 años de prisión por homicidio calificado con la agravante de crimen organizado.
Otros como Luis Alberto Zúñiga Saavedra y Francisco Johnny Arévalo Quispe recibieron 26 años y medio de condena. Además, varios procesados fueron sentenciados a 21 años y medio, mientras que Ewglimer William Castillo Morán recibió cuatro años y ocho meses por uso de documento falso.
¿Qué observaciones hubo sobre las pruebas?
La apelación destacó deficiencias en la valoración de pericias balísticas, necropsias, grafotecnia y análisis digital. La Sala advirtió que no se justificó por qué se descartaron dictámenes oficiales y que se compararon documentos de distinta naturaleza sin sustento técnico.
Asimismo, señaló que el juzgado de primera instancia basó conclusiones en simples “indicios” sin especificarlos ni demostrar cómo acreditaban los hechos.
¿Qué se dijo sobre colaboradores eficaces y testigos?
La defensa cuestionó el uso de colaboradores eficaces y testigos protegidos por la reserva de identidad, lo que dificultaba el contrainterrogatorio. La Sala recordó que estas declaraciones no pueden ser el único sustento de condenas y deben corroborarse con pruebas autónomas.
Se observó también similitud en las declaraciones de algunos testigos, lo que exige un análisis riguroso en el nuevo juicio.
¿Qué pasará ahora con el proceso?
El nuevo juicio deberá realizarse ante un colegiado distinto de la Corte Superior Nacional. Se ordenó que las pruebas se revisen bajo debate pleno y que se corrijan las deficiencias de motivación.
Respecto a Prado Ravines, se dispuso remitir copias al Juzgado de Investigación Preparatoria para que defina su situación jurídica. El proceso seguirá en etapa de juzgamiento con los nuevos magistrados designados.
El Poder Judicial anuló la sentencia de marzo de 2022 y ordenó un nuevo juicio oral por el caso Escuadrón de la Muerte. La decisión alcanza a Raúl Prado Ravines, Carlos Llanto Ponce, Williams Castaño Martínez y otros procesados, y dispone que un colegiado distinto de la Corte Superior Nacional lleve adelante el juzgamiento. La Segunda Sala Penal de Apelaciones señaló deficiencias en la valoración de pruebas, falta de motivación y limitaciones al derecho de defensa, y remitió la situación de Prado Ravines al juzgado correspondiente.