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24.11.2023

Procesados y sentenciados por delitos graves excluidos de norma que otorga beneficios penitenciarios

Fachada del Ministerio de Justicia. Foto: Andina. Video: Canal N

El Ministerio de Justicia aclaró que la norma que otorga beneficios penitenciarios a internos no incluye a los procesados o sentenciados por secuestro, terrorismo o violación sexual

El jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Justicia, Abraham García, explicó que la medida del Gobierno que otorga flexibilidades a condenados a prisión hasta por 10 años, no incluyen delitos graves, como peculado, organización criminal, violencia contra la mujer.

“No se van a liberar delincuentes en temas de corrupción o violencia, están expresamente excluidos de todo tipo de conversión a grillete delitos graves, como cohecho, colusión, peculado, organización criminal, violencia de género o contra la mujer e integrantes del grupo familiar. Se aplica, más bien, a delitos leves, como falsificación de documentos, emisión de un cheque sin fondos, daños menores”, aclaró en entrevista con Canal N.

TC DISPONE EL CIERRE DE PENALES QUE NO REUNAN CONDICIONES

Cabe recordar que el titular de Justicia y Derechos Humanos, Eduardo Arana, informó que el Consejo de Ministros aprobó un decreto legislativo que permite variar la pena de cárcel efectiva, con algunas condiciones, y otorgar beneficios penitenciarios para poner en libertad a los internos, esto con el objetivo de superar el hacinamiento en los penales.

“Existe una sentencia del Tribunal Constitucional que dispone que en los próximos dos años se deben cerrar aquellos penales que no reúnan las condiciones que dispone la ley. Hemos visto que las condiciones que existen en los penales no son las más adecuadas. Entonces, el propósito de esta norma es dar un beneficio premial a los internos que hayan demostrado una conducta ejemplar durante los últimos años”, señaló a la prensa.

Arana aclaró que “esta norma beneficiará a los internos que hayan cometido delitos culposos de poca lesividad; y de ninguna manera a los procesados o sentenciados por secuestro, robo agravado, terrorismo, violación sexual, entre otros delitos vinculados con el crimen organizado”.

Asimismo, explicó que la medida aplicará para aquellos internos que hayan cometido delitos de menor gravedad, como delitos culposos, falsificación de documentos, hurto simple, estafas simples, lesiones leves, etcétera.

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