Sunedu: Nuevas universidades deben cumplir seis condiciones básicas de calidad para funcionar

Sunedu estableció disposiciones para el licenciamiento de nuevas universidades

Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu). Foto: Andina
Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu). Foto: Andina

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) aprobó el reglamento del procedimiento de licenciamiento para universidades nuevas, a fin de verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad que exige la Ley Universitaria.

Se informó que el reglamento tiene por objeto verificar de manera previa el cumplimiento de condiciones esenciales para su funcionamiento con el fin de asegurar que los futuros estudiantes reciban una educación de calidad que “contribuya a su incorporación en el mercado laboral, al desarrollo del conocimiento y contribución a la sociedad”.

Asimismo, la normativa prevé que aquellas universidades que no obtuvieron la licencia institucional puedan presentarse a este nuevo procedimiento, siempre que hayan cumplido con todas las obligaciones relativas al plan de cese.

Procedimientos y características

Sunedu indicó que, a diferencia de la primera etapa de la reforma universitaria, el proceso de licenciamiento para universidades nuevas será un procedimiento administrativo electrónico que se desarrollará a través de tecnologías y medios electrónicos (firma digital y uso de casilla electrónica).

Esta evaluación se iniciará con la presentación de la solicitud de licenciamiento a través de una plataforma informática administrada por la Sunedu, y tendrá un plazo de 120 días hábiles. 

La verificación de las condiciones será realizada de manera integral y comprenderá actividades de revisión documental y verificación presencial, las cuales pueden ser desarrolladas paralelamente.

Las universidades nuevas, para poder conseguir la autorización, deberán cumplir con estas seis Condiciones Básicas de Calidad:

- Condición I: Modelo educativo.
– Condición II: Constitución, gobierno y gestión de la universidad.
– Condición III: La oferta educativa propuesta es coherente con sus planes de estudio y con los recursos de la universidad, además de ser sostenible.
– Condición IV: Propuesta en investigación.
– Condición V: Responsabilidad social universitaria y bienestar universitario.
– Condición VI: Transparencia.

Se informó que estas condiciones básicas de calidad han sido determinadas con la finalidad de que las universidades nuevas cuenten con una propuesta humanística, científica y tecnológica orientada a la investigación.

“Teniendo como pilar el desarrollo de la docencia universitaria que cuenten con los recursos económicos y financieros que aseguran su sostenibilidad y sean conducidas por personas que tienen la legitimidad e idoneidad técnica y moral”, refirió Sunedu.

Asimismo, se busca que la propuesta académica, para iniciar su funcionamiento, “cuente con un soporte de infraestructura física, recursos tecnológicos; docentes y no docente y que guarde correspondencia con su modelo educativo, con las políticas nacionales, regionales e internacionales, así como a las necesidades y demandas productivas, laborales, sociales y/o académicas de la sociedad”.

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