El rendimiento laboral deficiente puede ser causal de cese, según nueva normativa

Además, la medida propone que todos los beneficios sociales sean pagados dentro de las 48 horas posteriores a la desvinculación del trabajador

Proyecto busca modificar condiciones laborales. Foto: Andina
Proyecto busca modificar condiciones laborales. Foto: Andina

El Poder Ejecutivo ha planteado un proyecto de Decreto Supremo que plantea modificaciones a la Ley 728, de Productividad y Competitividad Laboral. Este plantea tener reglas más claras para trabajadores y empleadores, según informó el vice de Trabajo, Augusto Eguiguren.

Los principales cambios propuestos:

1. El rendimiento deficiente de un trabajador será causa suficiente para cesarlo de sus actividades. Este se deberá dar en base a criterios objetivos, razonables y aplicables a trabajadores en condiciones similares.

- El empleador estará obligado a comunicarle esta posibilidad al contratado al inicio del vínculo laboral.

"De esa manera, se reduce la posibilidad de discrecionalidad de empleadores y se protegen los derechos del trabajador", ha apuntado el viceministro Eguiguren.

2. El pago en especie no podrá representar más del 30% del total de la remuneración del trabajador.

- Con esto se busca evitar prácticas desproporcionadas. Se excluyen también bienes como licores y similares.

3. La indemnización para trabajadores de confianza deberá ser pagada y no podrá ser excluida solo porque se le quitó esta. Las normas garantizan la protección contra el despido arbitrario.

4. Todos los beneficios sociales de los trabajadores deberán ser cancelados dentro de los 48 horas al cese.

- En la actualidad, el plazo solo está previsto para que en ese tiempo se pague la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

5. La protección de despido nulo antisindical se ampliará. Ahora comprende a dirigentes y candidatos a dirigentes, pero con la nueva medida se incluyen a delegados, integrantes de comisiones de negociación y representantes de secciones sindicales.

6. El pago de la indemnización por despido arbitrario se debe realizar de manera diferenciada a la liquidación de los beneficios sociales.

- Para esto se usarán cuentas separadas o consignaciones judiciales independientes. "Esto permitirá que actos unilaterales del empleador impidan el posterior cuestionamiento judicial del despido", explicó el viceministro.

Estas medidas podrán ser ampliadas y se espera que en 30 días nuevos aportes de los interesados sean propuestos para modernizar las normas laborales.

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