¿Qué resolvió el Poder Judicial sobre el caso de Nadine Heredia?
Nadine Heredia y coimputados son beneficiados con el archivo del proceso por decisión del Poder Judicial
La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró la nulidad constitucional y el archivo definitivo del proceso penal por el delito de lavado de activos agravado que afrontaba la exprimera dama Nadine Heredia. El colegiado tomó esta decisión en estricto cumplimiento de la Sentencia de Pleno N.° 169/2026 emitida por el Tribunal Constitucional en el expediente Exp. N.° 00110-2026-PHC/TC, la cual se originó en el habeas corpus presentado a favor del expresidente Ollanta Humala.
Con este fallo, la instancia judicial resolvió dar por concluida la persecución penal en contra de Nadine Heredia Alarcón al aplicar la figura procesal de la extensión de efectos. La resolución emitida por el tribunal deja sin efecto legal las acusaciones fiscales acumuladas contra la exprimera dama tras varios años de juzgamiento.
¿Por qué se extendieron los efectos del fallo a Nadine Heredia y otros imputados?
El colegiado resolvió aplicar la extensión de efectos a favor de Nadine Heredia Alarcón tras evaluar que los criterios sustentados por el Tribunal Constitucional obedecen a un ámbito estrictamente objetivo y no personal. Bajo ese principio, la justicia concluyó que el beneficio legal debía amparar de igual forma al conjunto de investigados vinculados al mismo expediente penal.
La resolución incluyó a los procesados Ilán Paul Heredia Alarcón, Antonia Alarcón Cubas, Carlos Gabriel Arenas Gómez Sánchez, Mario Julio Torres Aliaga, Santiago Gastañadui Ramírez, Eladio Mego Guevara, Maribel Amelita Vela Arévalo y Rocío del Carmen Calderón Vinatea. Asimismo, la extensión del fallo integró a las personas jurídicas Partido Nacionalista Peruano y Todo Graph S.A.C..
¿Cuáles son los fundamentos legales que anulan las imputaciones contra Nadine Heredia?
La resolución judicial establece que los hechos imputados a Nadine Heredia Alarcón por la recepción de fondos para las campañas presidenciales de 2006 y 2011 vulneran el principio de legalidad penal. El tribunal sustentó su postura en la falta de tipicidad de las conductas atribuidas a la exprimera dama al momento en que se registraron los aportes económicos.
En ese sentido, la sala remarcó que las acusaciones formuladas contra Nadine Heredia Alarcón derivaban exactamente del mismo origen de financiamiento analizado en el caso de su cónyuge, careciendo de autonomía delictiva. Por estas consideraciones, la magistratura declaró la nulidad de la Res. 104, la acusación formulada por el Ministerio Público y todas las actuaciones previas.
¿Qué pasará con las órdenes judiciales y restricciones dirigidas a Nadine Heredia?
La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional dispuso el levantamiento inmediato de todas las medidas cautelares, órdenes de captura y requisitorias dictadas contra Nadine Heredia Alarcón. La orden deja sin efecto cualquier impedimento o mandato de restricción personal que mantuviera la exprimera dama.
La medida también exige la cancelación total de las inscripciones sobre embargos y medidas de índole real que pesaban sobre los bienes de Nadine Heredia Alarcón y los demás procesados. Con esta disposición, el juzgado cerró definitivamente la causa penal y ordenó la notificación a las autoridades pertinentes.














