Días no trabajados por los desastres no serán inasistencias injustificadas

Los días y horas no laborados deberán ser compensados conforme acuerden empleadores y empleados, informó el MTPE

Días y horas no trabajadas por huaicos o desbordes no serán consideradas injustificadas. Foto: Andina
Días y horas no trabajadas por huaicos o desbordes no serán consideradas injustificadas. Foto: Andina

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó sobre medidas tomadas en el sector en el marco de la emergencia que vive el país por las lluvias, huaicos y desbordes de ríos.

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A través de un comunicado, el MTPE dispuso que los días y horas dejados de laborar a raíz de los desastres naturales no deben ser considerados como inasistencias o tardanzas injustificadas.

Esta medida rige a partir del viernes 17 de marzo hasta el viernes 24 del mismo mes.

Asimismo, el Ministerio de Trabajo precisó que los días y horas dejados de laborar deberán ser compensados conforme acuerden empleadores y empleados. En caso ambos no alcancen un pacto, la decisión corresponde al empleador.

 

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