Hoy:

    JNE confirma que exalcaldes pueden postular como primer regidor

    El presidente del JNE, Roberto Burneo, explicó que la postura sobre la candidatura de exalcaldes a primeras regidurías se basa en la jurisprudencia previa del organismo electoral

    Roberto Burneo

    El presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Roberto Burneo, sostuvo que una autoridad que ejerció el cargo de alcalde sí está habilitada para postular como primer regidor. El representante del organismo electoral señaló que dicha postura se ajusta a la jurisprudencia previa desarrollada por el pleno institucional. Burneo brindó estas declaraciones al ser consultado sobre el criterio legal aplicado en las decisiones del jurado.

    Las precisiones del titular de la entidad se formularon en relación con los casos de candidatos que buscan integrar listas municipales tras haber ejercido la alcaldía. La normativa vigente prohíbe la reelección inmediata de alcaldes desde la modificación constitucional aprobada en el año 2018.

    El JNE ratifica que las autoridades elegidas pueden postular como primer regidor

    El presidente del JNE, Roberto Burneo, explicó que los ciudadanos que ejercieron como alcaldes pueden postular al puesto de primer regidor en un proceso electoral. El magistrado indicó que el pleno del organismo ratificó este criterio al resolver un punto controvertido planteado en debates previos. La decisión se respalda en pronunciamientos anteriores emitidos por el tribunal electoral en casos similares.

    Burneo sostuvo que ninguno de los exfuncionarios que postularon a la primera regiduría logró asumir posteriormente el despacho municipal. Esta situación ocurrió porque en ningún caso se presentó la vacancia o la renuncia de la autoridad elegida.

    La prohibición de reelección inmediata rige tras la reforma del artículo 194

    El titular del organismo electoral recordó que la Constitución de 1993 no contemplaba originalmente la prohibición de la reelección inmediata de autoridades municipales. Antes del año 2018, el marco legal permitía que los burgomaestres postularan de forma continua a un nuevo periodo de gestión. El magistrado destacó que en ese periodo se registraron autoridades que lograron ser reelegidas hasta en seis oportunidades.

    La reforma del artículo 194 de la Constitución modificó las reglas para la reelección en los gobiernos locales de todo el país. Tras la aprobación de esa norma, el pleno del JNE definió los alcances de la restricción para los postulantes a cargos municipales.

    El pleno del JNE evalúa postulaciones y circunscripciones según la norma

    El pleno del JNE established en el año 2018 que un alcalde distrital sí se encuentra facultado para postular a una alcaldía provincial. La entidad consideró que el artículo 194 se refiere a alcaldes en general y no impide la postulación a un nivel de gobierno local diferente.

    Roberto Burneo remarcó que no puede emitir un pronunciamiento sobre situaciones que aún no han sido resueltas de forma colegiada por el pleno. El titular de la institución afirmó que cualquier criterio nuevo sobre materia electoral se informará oportunamente a la ciudadanía.