Santa Rosa de Lima: esto deben pagarte si trabajas en feriado

Cámara de Comercio de Lima explicó cómo funciona la remuneración en este día

El artículo 8 del Decreto Legislativo 713 determina la remuneración de cada trabajador
El artículo 8 del Decreto Legislativo 713 determina la remuneración de cada trabajador

El trabajador que labore el feriado por el día de Santa Rosa de Lima percibirá una triple remuneración siempre que no tenga descanso sustitutorio en otro día, explicó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

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“Se pagará una remuneración diaria por el feriado, una segunda remuneración por el trabajo realizado y una tercera remuneración adicional por haber laborado en día feriado, siempre que no tenga descanso sustitutorio en otro día”, explicó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL al diaio Gestión.

El artículo 8 del Decreto Legislativo 713 establece que los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria que corresponde a un día de trabajo.

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En tanto, el artículo 9 del referido decreto dispone que si el trabajador labora en día feriado, sin descanso sustitutorio en otro día, tiene derecho al pago de la remuneración diaria más una sobretasa del 100 %.

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