¿Cuáles son los derechos de las personas que hacen teletrabajo?

Si tienes la posibilidad de trabajar desde casa, un abogado laboralista te explica tus derechos y deberes para evitar cualquier problema en el futuro

Escucha la entrevista al especialista
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Trabajar desde casa o hacer teletrabajo inició en los años 80 en los países europeos. En Perú recién llegó en el 2013 bajo la Ley 30036 y, en medio de la pandemia por la Covid-19, esto se ha convertido en una necesidad para evitar el contagio. 

Sin embargo, para el abogado laboralista Tino Vargas Raschio, de la consultora Compliance Laboral,  el teletrabajo "permite además evitar tiempos muertos y una mejor calidad de vida mientras se respeten los derechos de los trabajadores". 

Los derechos y deberes son iguales a los de las personas que trabajan físicamente en oficina. Desde utilidades, CTS, días obligatorios de descanso en la semana, vacaciones, entre otros. 

El contrato del teletrabajo debe ser por escrito y hay que tener en cuenta las siguientes consideraciones:

(((Escucha aquí la entrevista al abogado Tino Vargas Raschio)))

Definir la titularidad de los equipos
En el contrato se debe indicar los equipos necesarios para laborar como: computadora, celular, scanner u otros que sean necesarios. 

Si los equipos no son brindados por la empresa, esta deberá brindar una compensación por el uso de dichos equipos. Pero si pertenecen a la compañía, se deberán señalar las condiciones de uso.

Teletrabajo: derechos y deberes de los trabajadores

Condiciones de seguridad
En el contrato también se debe dejar en claro dónde se almacenará la información que se utilice. Puede ser dentro de la misma computadora, sino en un servidor o nube.

Jornadas de trabajo
"La persona que trabaja desde casa es como si físicamente estaría trabajando desde la oficina", explicó el abogado.  En caso exista una sobrecarga laboral, se tiene derecho al pago por horas extras ya sea el 25% por las 2 primeras horas o 35% por la tercera hora en adelante.

La modalidad de trabajo remoto también es una herramienta de inclusión para las personas con discapacidad en cuanto al traslado. Y de acuerdo al marco legal, también es aplicable al sector público. 

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