¿Cómo registrar a una persona que debe pensión por alimentos?

¿Tu expareja no está cumpliendo con la pensión de alimentos? Te explicamos en qué casos puedes registrar a una persona como deudora alimentaria y cómo realizar el trámite de manera gratuita en el organismo del Poder Judicial, Redam

Según datos de la Defensoría del Pueblo (2018), un 95,3% de las demandas por omisión de pago de alimentos fue realizado por mujeres, y más del 60% tuvieron que dejar de trabajar para cuidar a sus hijas e hijos.

Si la persona ya tiene un juicio de alimentos, ya sea una sentencia o conciliación, y aún así no paga; puedes realizar su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam). 

Esto permitirá enviar un reporte a las centrales de riesgo privadas y a la de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). De esta manera, toda su información quedará registrada y no podrán acceder a ningún financiamiento.

Lo que debes saber para registrar a una persona en el Redam
Lo que debes saber para registrar a una persona en el Redam

¿Quiénes son inscribibles o se pueden registrar en Redam?
Aquellas que no cumplan con pagar pensiones durante el proceso judicial de alimentos, si no las cancelan en un periodo de tres meses desde que son exigibles.

¿Cómo realizar la inscripción?
El trámite es gratuito y existen diferentes centros de Redam a nivel nacional. En este enlace encontrarás la lista de oficinas y los números de teléfono según la región donde te encuentres.  Entre los requisitos que debes mostrar, figuran:

  • La persona que esté en representación del proceso es la responsable de solicitar el registro.
  • Los menores de edad no pueden requerirlo. 
  • Para solicitar una demanda por alimentos son: Partida de nacimiento del menor firmado por el apoderado, copia del DNI de la madre, recibo de gastos (por servicios y alimentos), ficha RENIEC del demandado para establecer la ubicación fiscal

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