Periodo de prueba laboral: ¿cuánto dura y qué se evalúa?

Una abogada laboralista te explica en qué consiste y todo lo que debes saber sobre el periodo de prueba laboral en el sector privado

Lo que debes saber sobre el periodo de prueba laboral
Lo que debes saber sobre el periodo de prueba laboral

¿Acabas de empezar un nuevo trabajo? Te contamos que el periodo de prueba laboral en el sector privado, regulado en el decreto supremo 003 97 tr,  es un tiempo en el que el empleador evalúa, verifica si el trabajador es idóneo para el puesto, si cumple las expectativas o si se acopla a la organización.  

En este tiempo no existe protección contra el despido arbitrario, lo que quiere decir que durante este periodo, el empleador cuando extingue el vínculo laboral no tiene que cumplir un procedimiento legal de despido, imputar una causa justa de despido, sino que decide de manera unilateral la extinción del vínculo porque el trabajador no se ha desempeñado de manera adecuada.

¿Por qué dentro del periodo de prueba se deja en desprotección al trabajador

“En un mundo tan competitivo se da la posibilidad al empleador de verificar si ese nuevo trabajador es la persona idónea para el puesto de trabajo”, refiere Claudia Seminario, abogada laboralista. 

¿Qué se evalúa en el periodo de prueba? 

Son varios aspectos, entre ellos:

  • Si se adapta a los temas tecnológicos.
  • Si tiene iniciativa para solucionar problemas.
  • Cómo se relaciona con el personal o clientes.

Cabe indicar que el periodo de prueba es remunerado y aplica para el contrato indeterminado así como a plazo fijo, sujeto a modalidad.

¿Cuál es el plazo o tiempo máximo del periodo de prueba? 

La regla general es de tres meses, pero se permite ampliar en determinadas situaciones:

  • Cuando se requiere una capacitación o adaptación al puesto por el grado de responsabilidad.  Y para que se amplíe más de tres meses se requiere que exista una acuerdo por escrito entre el empleador y el trabajador.
  • Para el trabajador de confianza hasta seis meses, y trabajador de dirección se puede extender máximo hasta un año.  

Cabe indicar que tras la extinción del vínculo laboral, no es obligatorio decir el porqué, pero sí se recomienda mencionarlo por escrito.

Seminario recalca que el periodo de prueba no significa que es carta abierta para vulnerar o discriminar derechos constitucionales, por ejemplo: cesar a una trabajadora por estar embarazada, esto no es posible.

Cuando el cese encubre la verdadera causa que es la condición de que la trabajadora está gestando o en periodo de lactancia es una protección de despido nulo, quiere decir que si se demanda, ese despido queda sin efecto.

¿Qué pasa si termina el periodo de prueba y luego te despiden?

Se considera un despido incausado, aquel cuya consecuencia puede ser la reposición o una indemnización por despido arbitrario.

Otro dato importante a mencionar es que cuando se suspende el contrato o el trabajador es reingresado, se suman los periodos anteriores, por lo tanto ya no debe pasar por un nuevo periodo de prueba.

RELACIONADOS