¿En qué casos un matrimonio es nulo o nunca existió?

Si te divorcias, ¿puedes casarte con tu cuñado (a)? ¿Cuáles son los elementos indispensables para celebrar un matrimonio civil? Despejamos estas y otras dudas

Casos en los que un matrimonio se considera nulo
Casos en los que un matrimonio se considera nulo

¿Sabías que existe la posibilidad de que un matrimonio sea declarado nulo, es decir que nunca existió? Sí, por ello te vamos a compartir algunos datos por si estás a punto de casarte.

El canal “Al derecho y al revés” explica que un matrimonio es declarado nulo cuando las personas con impedimento para casarse lo realizan pese a la prohibición.  En ese sentido, siete casos:

1. Es nulo el matrimonio del enfermo mental: aún cuando la enfermedad se manifieste después de celebrado el acto matrimonial o existan intervalos lúcidos.  Si el paciente recobra la plenitud de sus facultades, la acción corresponde solo al otro cónyuge y caduca al año de haber cesado la incapacidad.

2. Es nulo el matrimonio del casado: si este fuera viudo, divorciado o su matrimonio anterior fue anulado y no informó de tal hecho al nuevo cónyuge, este último puede demandar la nulidad.  La acción caduca al año desde que tuvo conocimiento del matrimonio anterior.

3. Es nulo el matrimonio de consanguíneos o afines en línea recta y de los consanguíneos colaterales, en segundo grado (hermanos): en caso el matrimonio sea realizado con parientes de tercer grado, como tío con sobrino, el matrimonio puede convalidarse si se obtiene dispensa judicial.

4. Es nulo el matrimonio de afines en segundo grado (cuñados): cuando el matrimonio anterior se disolvió por divorcio y el ex cónyuge vive.  Es decir, no te puedes divorciar y casar con tu cuñado o cuñada.

5. Es nulo el matrimonio del condenado por homicidio doloso del cónyuge con el viudo (a).

6. Es nulo el matrimonio de quienes no observaron los trámites establecidos por ley: si ambas partes actuaron de buena fe y subsanan la omisión, el matrimonio se convalida.

7. Es nulo el matrimonio de quienes a sabiendas se casan ante un funcionario no autorizado por la ley: en este caso la acción de nulidad no puede ser planteada por los cónyuges, salvo disposición en contrario la acción de nulidad no caduca, la puede interponer cualquiera que tenga legítimo interés, o en el Ministerio Público.  El juez también puede declararla de oficio cuando es manifiesta.

Cabe recordar que no se puede celebrar un matrimonio civil sin:

  • Expresión de libre voluntad.
  • Hombre y mujer.
  • Aptitud legal de ambos.
  • Cumplimiento de formalidades.

Si falta alguno de estos elementos, el matrimonio podrá ser nulo o anulable.

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