Los requisitos para pasar del CAS al régimen laboral indefinido

¿Qué pasa si soy un trabajador CAS de confianza o no tengo más de dos años en una entidad pública? Una abogada resuelve estas y otras dudas sobre la ley que elimina el CAS

La Ley N°31131 elimina el Contrato Administrativo de Servicios (CAS). (Foto: Andina)

Esta semana entró en vigencia la ley que elimina el régimen laboral CAS en el sector público, y muchos se preguntan cómo les afectará esta norma a los trabajadores que actualmente se encuentran bajo este régimen.

La Ley N°31131, que dispone la erradicación del Contrato Administrativo de Servicios (CAS), se promulgó el 9 de marzo por insistencia del Congreso de la República, y tiene los siguientes objetivos:

  • Los trabajadores que realicen labores permanentes en entidades del Estado, bajo el Decreto Legislativo 1057 (CAS), se incorporarán al régimen laboral del Decreto Legislativo 728 (Ley de Productividad y Competitividad Laboral)
  • En instituciones públicas, cuyo régimen se encuentra bajo el DL 276 (Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público), la incorporación se hace en torno a este régimen

¿El trabajador CAS puede elegir a cuál régimen (DL 728 o DL 276) pasar?

En entrevista con "Útil e interesante", Tatiana Palma, abogada por la PUCP y miembro de Abogadas Pro Bono, mencionó que la norma señala que el trabajador, en un principio, debe pasar al régimen laboral del DL 728.

Podrá incorporarse a la carrera administrativa pública (DL 276) cuando la entidad tenga dicho régimen incorporado dentro de sus estatutos, normas internas y otros.  Sin embargo, el trabajador no puede elegir.

¿Qué requisitos tienen que cumplir los CAS para pertenecer a estos regímenes laborales?

  1. El trabajador CAS debe estar realizando labores en una entidad pública de carácter permanente, al momento de la entrada en vigencia de esta norma.
  2. El trabajador debe tener un contrato CAS por dos años continuos o tres años discontinuos (contratado por períodos discontinuos pero tienen que sumar en total tres años). Dichos plazos se calculan a partir de la fecha de la publicación de la ley.
  3. El trabajador debe haber ingresado a la entidad mediante concurso público o haber tenido la condición de servicios no personales y posterior contrato CAS.

Es importante resaltar que esta norma no aplica para los trabajadores contratados como "CAS de confianza".

Pero, ¿qué diferencia hay entre un trabajador CAS regular y CAS de confianza?

"[CAS de confianza] es el trabajador que ingresa a la entidad sin haber pasado por el concurso público de méritos, es elegido de forma discrecional por el funcionario público que tenga facultades para ello. Sin embargo, el personal de confianza debe cumplir con un perfil exigido y la plaza que va a ocupar debe estar necesariamente contemplada en el cuadro de puestos de la entidad", explica la especialista.

Es decir, los CAS de confianza no van a poder adquirir la estabilidad laboral que les otorga esta norma a los trabajadores CAS regulares. Si se les quita dicha confianza, no correspondería que ellos posteriormente soliciten su reposición.

Cabe resaltar que la ley que elimina el CAS no es de aplicación inmediata, se va a realizar de manera progresiva en los cinco años siguientes, y de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria que tengan las entidades públicas.

Además, como explica la especialista en el video, ninguna entidad del Estado puede contratar personal nuevo a través del régimen CAS desde el 10 de marzo del 2021, que entró en vigencia la norma, a no ser que se trate de una prolongación de contrato.

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