Elecciones Congresales 2020: conductas que te llevarían a prisión

¿Tomarte un selfie en las urnas de votación es considerado un delito electoral? Conoce por qué razones podrías ir a la cárcel en esta nota

¿Cuándo es un delito electoral?
¿Cuándo es un delito electoral?

Este domingo 26 de enero, más de 24 millones de peruanos acudirán a las urnas para elegir al nuevo Congreso. Si ya tienes la información suficiente sobre tu candidato, debes saber también, que hay ciertas conductas que no debes realizar cuando vayas a votar.

Para elegir a nuestro Parlamento, sin exponernos a ningún riesgo, el abogado penalista de Estudios Linares Abogados, Aldo Cárdenas, nos enumera una serie de actos que pueden hacerte caer en un delito electoral y que debes evitar: 

Introducción a no votar o hacerlo en sentido determinado
Si piensas que ayudarás a tu candidato ofreciendo a las personas cosas materiales, promesas o ventajas a cambio de elegir a tu opción electoral; estarías cometiendo un delito que puede costarte una pena privativa de libertad no menos de uno ni mayor de cuatro años

Suplantación de votante
Aunque no lo creas, existen denuncias y procesos por este tipo de acciones. Para el abogado penalista, estos casos ocurren por desinformación pues se piensa que se está haciendo un favor. Sin embargo, estas acciones puede llevar a una persona a prisión hasta por cuatro años.

Publicar tu voto en redes sociales
Si te tomas una selfie con la cédula de votación y la subes a las redes sociales estarías haciendo publicidad electoral y se podría entender este acto como, influenciar en la decisión de voto de su red de contactos.

Si se trata de personas públicas, que ejercen influencia entre sus seguidores, este delito electoral contempla una pena privativa de libertad no mayor de un año o con prestación de servicio comunitario

Retener el DNI de una persona
Si le quitas o despojas a un ciudadano su documento de identidad con el propósito de impedirle que sufrague, también podrías ser denunciado y asumirías prisión hasta por ocho años. 

Perturbación o impedimento de proceso electoral
Si provocas un disturbio violento que perturba el proceso electoral afrontarías una pena de cárcel no menor de tres ni mayor de diez años.

“Por ejemplo, una manifestación que bloquee el acceso a una sede de sufragio es un claro ejemplo de cómo se podría configurar el artículo 354 del Código Penal, ya que esas personas estarían evitando que los electores cumplan con su derecho de votación”, señala el abogado de Estudio Linares.

Por último, el abogado Cárdenas aconseja a la población a seguir correctamente el proceso de elecciones congresales y permitir que todos hagan uso libre de su derecho a votar.

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