Desde ahora será más fácil resolver contratos de tarjetas de crédito o de depósitos

La SBS estableció que las empresas deberán “contar con canales de fácil acceso para que el usuario ejerza su derecho a resolver el contrato”

Tarjetas de crédito. Foto referencial: Andina
Tarjetas de crédito. Foto referencial: Andina

Con la finalidad de adecuar el marco normativo vigente a las necesidades e intereses de los usuarios, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero para que los usuarios puedan contratar productos y servicios financieros en un entorno digital de manera ágil y segura. Además de resolver sus contratos con mayor facilidad.

Entre las principales modificaciones se han enfocado en tres momentos del ciclo de vida del producto o servicio financiero: La celebración del contrato, las modificaciones durante su vigencia y su resolución.

Entre otros puntos, la norma establece que las empresas deberán “contar con canales de fácil acceso para que el usuario ejerza su derecho a resolver el contrato”, estableciendo como mínimo los mismos canales utilizados en la contratación. 

“Si ello no fuese posible, la empresa deberá sustentar ante la SBS las limitaciones que presenta el canal para no admitir la resolución del contrato”, señala la norma.

María del Carmen Yuta, socia del Estudio Vodanovic Legal, señaló al diario Gestión, que en general los préstamos de consumo y tarjetas de créditos, así como los tipos de depósito [ahorros, plazo fijo, CTS], transferencias, pagos y operaciones de custodia, están sujetos a esta norma.

De esta manera, tras la modificación del Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, resolver los contratos de las tarjetas de crédito y los contratos de depósitos, será mucho más fácil.

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