COVID-19: ¿qué ocurre si necesito más días de descanso medico?

¿Me pueden descontar mi gratificación, CTS u otro beneficio por los días de descanso? ¿El certificado médico solo es válido si es emitido por el Minsa? ¿En cuánto tiempo se debe presentar? Dos especialistas resuelven tus dudas

Otros datos que debes conocer sobre el descanso médico y certificado
Otros datos que debes conocer sobre el descanso médico y certificado

¿Te diagnosticaron covid-19 y te han dado descanso por 10 días? Es importante que sepas quién emite el certificado médico, en cuánto tiempo se debe presentar y otros datos más en caso necesites más tiempo de licencia.

El laboralista César Puntriano Rosas dijo a la agencia Andina que dependerá del médico determinar los días que el trabajador gozará de licencia antes de entregar el certificado.  Asimismo, aclaró que el descanso es tanto para quienes realizan labores presenciales como remotas.

¿Quién emite el certificado médico y en cuánto tiempo se debe presentar? 

Puntriano explicó que este documento puede ser emitido por el médico ocupacional de la empresa donde labora el trabajador contagiado, así como también por un médico tratante.

“En el primer caso la empresa ya tiene el certificado porque ha sido emitido por el mismo médico de la empresa. En el segundo caso, una vez que el trabajador le comunica al empleador que no va asistir porque tiene covid-19, tiene 72 horas hábiles para presentar el certificado médico al empleador”, anotó el especialista.

¿El certificado médico solo es válido si es emitido por una institución pública? 

No.  Puntriano dijo que los certificados de descanso médico emitidos por un especialista del Minsa, de EsSalud o un médico privado.

¿Qué pasa si necesito más días de descanso por COVID-19?

Puntriano explicó que el certificado médico podrá extenderse por más días en caso la salud del paciente se complique a causa de una comorbilidad.

En ese contexto, corresponderá al empleador pagar la remuneración del trabajador enfermo durante los 20 primeros días de descanso médico, y recién a partir del día 21 hasta los 11 meses y 10 días EsSalud deberá financiar el descanso mediante un subsidio por incapacidad temporal para el trabajo.

Para justificar dicho subsidio, Puntriano explicó que el trabajador asegurado a EsSalud deberá presentar un certificado de incapacidad temporal para el trabajo (CITT) expedido por el seguro social.

Añadió que, para poder pedir el reembolso de ese subsidio, el empleador necesita ese certificado CITT, porque en el día 21 del descanso médico el empleador no tiene que seguir pagando el sueldo al trabajador.

En caso que haya sido atendido por un médico privado o del Minsa, el trabajador asegurado tiene que hacer un canje ante EsSalud para obtener el CITT.

“Pero eso es solo para los asegurados de EsSalud. Hay que tener en cuenta que, si el trabajador está en planilla y es formal, es asegurado en EsSalud de todas maneras”, enfatizó.

¿Me descontarán la gratificación, CTS u otro beneficio por los días de descanso médico? 

En entrevista para Exitosa, el abogado laboralista, Maeg Arriola, señala que no, los días que el trabajador está descansando por enfermedad no se descuentan de ningún beneficio social.  “Se consideran como días efectivamente laborados, más aún si es por covid que tiene licencia de 10 días o más, está totalmente cubierto”.

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