¿Cómo saber cuánto me pagarán por mi liquidación?

¿Qué abonos incluirá tu liquidación? ¿En qué casos recibirás CTS o gratificaciones? Un especialista te resuelve estas y otras dudas sobre cómo calcular tu liquidación

Se acerca el fin de año y muchas personas se preguntan cómo calcular la liquidación que recibirán y qué tipo de abonos lo conformarán. Si desde ya estás planificando invertirlo o destinarlo a diversas actividades, esta información te puede ayudar.

¿Qué abonos incluye la liquidación?

De acuerdo al abogado laboralista Brian Nuñez, la liquidación debe incluir el sueldo o sueldos pendientes, el pago de vacaciones si no han sido gozadas; además de gratificaciones, CTS e indemnizaciones, según sea el caso.

Sueldo: Se incluyen aquellas remuneraciones pendientes. “Por ejemplo, yo trabajé hasta el día 20 del mes y no alcanzaron a pagarme porque lo hacen el día 30. Entonces, ya no me van a pagar como remuneración, sino que estará dentro de mi liquidación”, explica el especialista en este video.

Vacaciones: Se incluye en el caso de haber pasado un año trabajando sin recibir un mes de vacaciones. También, si no alcanzaste a concluir el año para unas nuevas vacaciones. Ello entrará en la liquidación como concepto de “vacaciones truncas”.

Gratificaciones: Aquellas que no alcanzaste a percibir a medio año (julio, agosto o septiembre) o fin de año, se pagan como “gratificaciones truncas”.

CTS: “Que no se alcanzó a pagar por un tema de fechas. La CTS se deposita en abril y octubre. Si yo dejo de trabajar en un mes intermedio, entonces el monto que no me han depositado deberá ser abonado en la liquidación”, indica Nuñez.

Indemnización: Solamente se cuenta cuando se trata de un despido arbitrario, un término de la relación laboral, renuncia, un despido justificado o el término de contrato.

¿Cómo calcular mi liquidación?

El abogado Nuñez explica que, por ejemplo, si mi sueldo es 1000 soles, empecé a trabajar el 1 de enero y terminé el 31 de diciembre, y me abonaron ciertos beneficios durante el año; en el hipotético caso, el cálculo sería el siguiente:

  • ¿Vendrá sueldo? No, porque entiendo que me han depositado el 31 de diciembre.
  • ¿Vendrá vacaciones? Hice un año de trabajo y tengo derecho a un mes de vacaciones, pero no alcanzó el tiempo para gozarlas. Entonces me corresponde un sueldo de vacaciones, equivalente a 1000 soles.
  • ¿Vendrá gratificaciones? Si te pagaron en julio y en diciembre, por ejemplo, ya no corresponde.
  • ¿Vendrá CTS? Si te depositaron lo correspondiente en abril y octubre. Faltaría noviembre y diciembre. Entonces, aproximadamente serían 150 soles. 
  • ¿Vendrá indemnización? No corresponde, sino existe un fin del contrato laboral.

“En este caso, el cálculo del monto total de liquidación sería correspondiente a 1150 soles aproximadamente. He trabajado un año completo, pero ya he recibido el abono de la mayoría de beneficios”, recalca el especialista.

Por otro lado, si estás en la situación de que nunca te pagaron beneficios, Nuñez menciona que tendrás que calcular cuatro sueldos por cada año trabajado, aproximadamente, porque nunca va a ser exacto.

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